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miércoles, 16 de marzo de 2022

Convención Constitucional aprueba y reconoce los Derechos de la Naturaleza (Artículo 9)

 ⚠️¡Grandes noticias desde la Convención Constitucional!💚

Hoy el pleno de la Convención Constitucional aprobó el artículo N° 9 que reconoce los Derechos de la Naturaleza 💪.

Este artículo ya forma parte del borrador de la nueva Constitución y deberá ser aprobado en el plebiscito de salida.

Queda mucho en nuestro camino hacia una #constituciónecológica🌿, pero este es un GRAN primer paso.

#derechosdelanaturaleza🌳🍀🍄🌱🌼 #Chile #convencionconstitucional

miércoles, 2 de marzo de 2022

Vigilante Costero ONG cumple 14 años de existencia

El primer programa chileno, Vigilante Costero (Maule Itata) ONG, miembro de la Alianza internacional Waterkeeper, cumple 14 años de trabajo en la zona centro sur de Chile, limitando con el río Maule, por el norte, y con el río Itata, por el sur, cruzando dos regiones en la costa chilena: Maule y Ñuble.

En una zona con grandes virtudes, con una vocación natural hacia un turismo de intereses especiales, también han existido presiones, amenazas y victorias que, Vigilante Costero ONG (Maule Itata Coastkeeper NGO) junto a la comunidad, han debido enfrentar; como un Proyecto multinacional de 1300 millones de dolares, de una mega planta de generación eléctrica a carbón (Los Roblesblog) y un proyecto de jaulas flotantes con salmones de fábrica (Pelicano). Ambos, bloqueados después de años de lucha y movilización ciudadana lo que ha permitido proteger y definir un eje de desarrollo transversal orientado hacia un turismo sustentable con énfasis en el desarrollo de la tradición, cultura local y la conservación biológica como una forma de invertir en el territorio evitando, ante todo, su afectación futura.

Hoy, además de existir amenazas permanentes relacionadas con el modelo forestal y la industria de celulosa que afectan a comunidades y cursos de agua, se deben enfrentar amenazas ligadas al cambio climático y desarrollo inmobiliario donde se observan vacíos legales que se deben regular para no afectar la infraestructura natural donde nos desenvolvemos como sociedad y así poder contribuir a que el aumento poblacional sea planificado y ordenado, que evite daños permanentes o irreversibles, siendo el agua el factor clave y la mantención del buen estado de nuestras aguas costeras y ribereñas parte de la misión organizacional: "Proteger las aguas costeras entre la boca del río Itata y la del río Maule a través de la educación, activismo, litigio, participación comunitaria y un monitoreo científico independiente."

También, de manera permanente, se reciben denuncias de vecinos de comunidades cercanas ante diversas situaciones que se intenta resolver en un corto plazo, asesorando y/o ayudando a través de un protocolo de denuncias ciudadanas responsables. Como organización ambiental, uno de sus objetivos es mantener y fortalecer vínculo con la comunidad, organizaciones locales, municipios y privados; con su entorno. Simplemente, porque todos y cada una pueden ser un Vigilante Costero/Coastkeeper en su contexto cercano y apoyarse en la organización cuando exista algún hecho que les afecte, directa o indirectamente, en temas de contaminación o impacto ambiental. 


Junto a programas de monitoreo y análisis de la calidad de las aguas dulces o marinas, también surgen iniciativas de proyectos con participación de las comunidades cercanas; como campañas locales y nacionales de limpieza y restauración de playas, ríos y ecosistemas fragiles; colaboración con distintas organizaciones locales, programas de educación ambiental en colegios; eventos artísticos en el marco de campañas ciudadanas, obligados a adaptarse al contexto de pandemia y, a pesar de un importante déficit financiero, seguir operando como organización, generando alianzas estratégicas para fortalecer su staff y proyección en diferentes áreas trabajando en el diseño e ingeniería de proyectos y busqueda de soluciones integrales (Proyecto NACE) para suplir las necesidades de acceso a agua de calidad en zonas de escasez hídrica, lugares donde no hay agua, ésta es de escasa o dudosa calidad y que, además, permite integrar a las comunidades vulnerables y llegar, incluso, más allá de la zona Maule Itata. Apostando a mejorar la calidad de vida de cientos de familias. 

Rodrigo de la O, Director Maule Itata Coastkeeper NGO. Foto: Tamara Merino. Campaña Waterkeeper 2020

Desde siempre, la organización Vigilante Costero ONG ha insistido, junto a muchas organizaciones en el país, de la importancia de que Chile ratifique el Acuerdo de Escazú, ya que existen amenazas o presiones para activistas y defensores ambientales, como ha sido una demanda personal, aun en proceso, que recibió Rodrigo de la O, director ejecutivo de Vigilante Costero ONG, por una empresa inmobiliaria que se vió, según ellos, afectada al exponer problemática que la misma comunidad manifestó por intermedio de la organización, evidenciando vacíos en la regulación de terrenos que colindan con playas o bienes fiscales en toda la región que, sumado a cambios en comportamiento de marejadas, hacen imposible no poner atención y bogar por una planificación y ordenamiento territorial responsable, regresivo, que en síntesis, no afecte degrade o deteriore virtudes e infraestrcutura natural de la zona costera existente y que se considera invaluable.

Los desafíos son enormes y las líneas de trabajo después de más de catorce años de trayectoria están definidas: monitoreo y fiscalización independiente y ciudadana, por una parte, y estrategia de propuestas de educación e innovación basadas en soluciones de la naturaleza, innovación y tecnología, por otra.

Tiempos difíciles han obligado a reorientar y definir acciones en un mediano plazo que ayude a la solvencia y operatividad de la organización y, esperanzados, se sigue adelante más allá de las adversidades, conviniendo sobre la importancia de poder supervigilar procesos sociales que releven importancia de la protección del patrimonio ambiental y natural existente. Porque lo que no se sueña no existe.

domingo, 6 de febrero de 2022

APOYO PARLAMENTARIO A DEMANDA DE NULIDAD DEL CONVENIO ENTRE AGUAS ANDINAS Y EL PROYECTO HIDROELÉCTRICO ALTO MAIPO DE LA EMPRESA AES ANDES

[Comunicado de Prensa para difusión y publicación inmediata]

Los diputados Daniel Melo (PS), Camila Musante (AD) y Tomas Hirsch (AH), ingresaron esta semana a Tribunales los respectivos escritos, haciéndose parte de la demanda de nulidad del Convenio entre la empresa Aguas Andinas y de la empresa AES Gener) que permite el uso de las fuentes del agua potable de Santiago para la generación eléctrica de las centrales hidroeléctricas Alto Maipo. 
La demanda, interpuesta en diciembre de 2019 por Marcela Mella, del movimiento No Alto Maipo, y Sara Larraín, directora de Chile Sustentable, busca anular el contrato celebrado entre  Aguas Andinas y Alto Maipo por contravenir las normas sanitarias, ya que la empresa sanitaria utiliza sus derechos de agua  comprometidos en la Concesión de Servicio Público de Agua Potable para Santiago, cuyo  fin  es la producción de agua potable.  La demanda también fue suscrita el mes pasado por Claudio Orrego, gobernador de la Región Metropolitana.
Mediante el contrato impugnado, Aguas Andinas vierte y conduce aguas para que Alto Maipo realice operaciones de generación eléctrica a cambio de un pago. El verter y conducir aguas para un fin distinto de la producción de agua potable se aleja del objeto único establecido por ley, y constituye un negocio paralelo al objeto principal de la empresa sanitaria. De esta forma, se solicita la nulidad absoluta del Convenio por adolecer de objeto ilícito en conformidad con lo señalado en los artículos 1462, 1466 y 1682 del Código Civil.
Por otro lado, el Convenio pone en riesgo el suministro de agua potable del Gran Santiago, debido a que verter y conducir caudales de agua por instalaciones no destinadas a la producción de agua potable pone en riesgo la cantidad y calidad de las aguas, afecta el caudal disponible, y crea condiciones de contaminación como turbidez y sedimentación, impactando sobre la calidad del agua.
Es por esta misma razón que el pasado 13 de enero de 2022, el Gobierno Regional Metropolitano solicitó hacerse parte como tercero coadyuvante de las demandantes, argumentando que el interés público está comprometido, y que es deber del Gobierno Regional resguardar el desarrollo social, cultural y económico de la región, en particular en cumplimiento de sus funciones de planificación territorial.
Al respecto, la diputada de Apruebo Dignidad Camila Musante, declaró que “debemos comprender que el avance del proyecto Alto Maipo, pone en juego el suministro de agua potable para toda la región metropolitana. Es decir, vida de millones de personas se pone en riesgo, una vez más, solo para proteger los intereses oligárquicos, que creen estar por sobre la ley. Me hago parte de esta demanda porque urge proteger la cuenca de un Río que está por desaparecer, porque ninguna persona, empresa o grupo de empresas, pueden estar por sobre el derecho y porque defender la tierra y el agua, es defender nuestra propia existencia”. 
Por su parte, el diputado socialista Daniel Melo, también parte de la demanda de nulidad, expresó que “estamos ante un caso sin precedentes donde se pretende utilizar un bien tan escaso y que debemos proteger como es el agua potable de la Región Metropolitana, para fines que no es el consumo humano, sino de un proyecto hidroeléctrico del cual he sido y soy muy crítico. Nuestra labor siempre estará en el centro la defensa de los bienes de la naturaleza y las personas”, agregó.
Asimismo, el diputado de Acción Humanista Tomas Hirsch destacó que “consideramos inaceptable que, una vez más, se prioricen negocios entre grandes grupos económicos por sobre las necesidades básicas de las familias de la región Metropolitana y del país. Aguas Andinas tiene la obligación de utilizar el agua que recibe única y exclusivamente para proveerla a los habitantes de la región, y no puede realizar otro tipo de actividades generándose ganancias o utilidades por negocios de venta de agua para una empresa generadora de electricidad. Esperamos que sea acogido nuestro escrito y que nunca más se utilice el agua destinada para consumo humano en otras actividades por parte de la empresa encargada del servicio”.
Ante este ilícito y en el contexto de la grave crisis hídrica que enfrenta a Región Metropolitana, los diputados Gonzalo Winter (CS), Lorena Fries (IND-CS) y Ana María Gazmuri (RD), anunciaron que suscribirán la demanda durante los próximos días.
Contactos:
Diputada Camila Musante : celular 9-52278082
Diputado Daniel Melo : celular. 9-62488842
Diputado Tomas Hirsch : celular. 9-93354592

jueves, 27 de enero de 2022

La custodia pública de la naturaleza

por Dominique Hervé y Verónica Delgado / Fuente: El Mostrador

La Constitución vigente en Chile, así como las leyes que se han dictado conforme a ella, no han sido exitosas en garantizar una debida protección de la naturaleza. No han logrado evitar el aumento de los conflictos socioambientales, especialmente derivados de la explotación exacerbada de los componentes del medio ambiente –el agua, los bosques, el suelo, entre otros– sin consideración al interés público y el beneficio colectivo. La presión sobre nuestro ambiente ya ha sobrepasado las bases actuales de nuestro derecho ambiental, de la mano de la llamada “privatización” de estos bienes comunes, mediante concesiones o derechos perpetuos y sin limitaciones,  junto a problemas graves de contaminación, una importante desigualdad en la distribución de las cargas ambientales, y la dificultad de acceder a playas, ríos y lagos y otros problemas derivados de nuestra vulnerabilidad al cambio climático.

La Nueva Constitución debe hacerse cargo de esta problemática y sentar bases nuevas, que aseguren una adecuada relación de respeto con la naturaleza, fortaleciendo el cuidado que se le ha dado históricamente. Para ello, sobre la base de un trabajo colaborativo que hemos desarrollado con varias personas desde 2021, proponemos una norma constitucional que consagre una nueva estrategia dirigida a “custodiar” siempre la naturaleza.

En primer lugar, la propuesta establece un deber general para el Estado respecto a la Naturaleza, sin importar su titularidad. Nuestra actual regulación distingue entre “cosas comunes a todos los hombres” (como el aire), o de la nación o pueblo (como el agua y el borde costero), o privada (como un bosque), o estatal (como las minas). Un deber general de custodia implica siempre supervigilar y garantizar la integridad de los ecosistemas (visión ecocéntrica) y la mantención de sus contribuciones a la sociedad (visión antropocéntrica), haciendo alusión además expresa a la Biodiversidad y a la Geodiversidad, como dimensiones sistémicas de la naturaleza. Esta primera parte de la norma cierra con la consideración expresa a las generaciones futuras, que hasta ahora no eran consideradas en la Constitución.

En segundo lugar, se establece un deber adicional de protección cuando se trate de bienes naturales de carácter “público”, entendido en sentido amplio, como propiedad común de todas las personas y no como propiedad fiscal. Este Estado custodio, al que le hemos entregado estos bienes para su administración, deberá adicionalmente conservarlos y mantenerlos para el beneficio común de las generaciones presentes y futuras, evitando la pérdida de sus valores naturales y culturales, garantizando la equidad en su uso, y velando por el acceso público responsable a estos bienes.

Una tercera parte identifica los bienes públicos naturales, sin que sea una enumeración taxativa, incluyendo el mar territorial, su fondo marino y las playas de la zona costera; las aguas, sus cauces y playas; los glaciares y los humedales; los campos geotérmicos, los vientos y otras fuentes de energías renovables que defina la ley; el aire y la atmósfera; el material genético de la biodiversidad nativa nacional; la fauna silvestre y los peces; las zonas de montaña, las áreas protegidas y los ecosistemas terrestres de titularidad estatal; y los minerales y el subsuelo.

La propuesta normativa también pone límites al Estado custodio respecto a los permisos, derechos, concesiones o autorizaciones que otorgue para usar los elementos de la naturaleza. Establecer límites claros y comunes para todos estos títulos es necesario para evitar lo que ocurre hoy: por ejemplo, el agua se otorga de manera perpetua, gratuita, sin posibilidades de ser revocada, lo que a largo plazo genera un gran problema. En cambio, es necesario un régimen común para todos los elementos de la naturaleza, que establezca lo siguiente: “Todo título administrativo que permita el uso privativo de los bienes naturales públicos, será otorgado conforme a la ley, por el Estado y sus organismos, en su calidad de custodios, de manera temporal, sujeto a causales de caducidad y revocación, con obligaciones específicas de conservación, estableciendo limitaciones, restricciones y tarifas, siempre que ellas estén justificadas en el interés público y el beneficio colectivo. Estos títulos no generan derechos de propiedad privada”. Por cierto, esta norma implicará una revisión posterior de toda la legislación que regula cada uno de los regímenes especiales (pesca, minería, agua), pero permitirá establecer bases comunes constitucionales sin tener que darles a cada uno una regulación detallada a este nivel, que pueda caer en vacíos o contradicciones.

Finalmente, el Estado custodio debe rendir cuentas de su actuar, por lo que el inciso final considera una acción para que cualquier persona pueda acudir a los tribunales, los que no podrán rehusar conocer de esta acción y hacer cumplir los deberes constitucionales de custodia de la naturaleza establecidos en esta norma, tanto por lo que el Estado hace como lo que no, o no hace oportunamente. Esto se diferencia de lo que ocurre hoy: muchas veces, cuando se interpone una acción de protección, se responde que ya está en conocimiento de otras autoridades. Obviamente el legislador determinará el procedimiento y los requisitos de la acción que aquí se consagra, pero nada impide que, aprobada la Constitución, esta acción sea conocida inmediatamente por los Tribunales de Justicia.

Chile está escribiendo su Constitución en momentos de evidente urgencia de acción medioambiental. Ello otorga a la Convención y a las ciudadanas y los ciudadanos una gran oportunidad, pero también la enorme responsabilidad de sentar las bases de una protección a la naturaleza que asegure el bienestar de las futuras generaciones.