La Cámara de Diputados despachó al Senado para cumplir su segundo trámite constitucional el proyecto de ley que crea una nueva institucionalidad ambiental para el país. Esta se formará con un Ministerio, un Servicio de Evaluación Ambiental y una Superintendencia del Medio Ambiente.
El Ministerio definirá las políticas y diseñará la regulación; el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad aprobará las políticas y regulaciones; el Servicio de Evaluación Ambiental administrará las evaluaciones e informará las líneas de base, y la Superintendencia gestionará un sistema integrado de fiscalización ambiental.
La Cámara aprobó la iniciativa legal, en general, por 101 votos a favor. El único artículo que no alcanzó el quórum necesario para ser aprobado fue el 86. Este señalaba que "los proyectos serán calificados por una Comisión presidida por el Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente e integrada por los Secretarios Regionales Ministeriales de Salud, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de Energía, de Obras Públicas, de Agricultura, de Vivienda y Urbanismo, de Transportes y Telecomunicaciones, de Minería, de Planificación, y el Director Regional del Servicio, quien actuará como secretario".
Añadía que "las Direcciones Regionales de Evaluación Ambiental conformarán un comité técnico integrado por el Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente, quien lo presidirá, y el Director Regional de Evaluación Ambiental, los directores regionales de los servicios públicos que tengan competencia en materia del medio ambiente, incluido el Gobernador Marítimo correspondiente y el Consejo de Monumentos Nacionales. Este comité elaborará un acta de evaluación de cada proyecto que será de libre acceso a los interesados".
Estructura
El Ministerio se compondrá de una subsecretaría y seis divisiones, Seremías y Consejos Consultivos a nivel nacional y regional. La Superintendencia tendrá competencia en resoluciones de calificación ambiental, en medidas establecidas en planes de prevención y descontaminación, en normas de calidad y de emisión de riles y en planes de manejo de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.
El Ministerio tendrá las siguientes dependencias: una subsecretaria que tendrá a su cargo seis divisiones que asumirán los siguientes temas: regulación ambiental; información y economía ambiental; educación, participación y gestión local; recursos naturales y biodiversidad; cambio climático y cumplimiento de tratados internacionales, y planificación y gestión.
Además, existirán los Secretarios Regionales Ministeriales, y se mantendrá la estructura de los Consejos Consultivos a Nivel Nacional y Regional.
El Servicio
El Servicio de Evaluación Ambiental estará a cargo de la administración del SEIA y en el mediano plazo simplificará el otorgamiento de permisos ambientales y proporcionará información sobre las mejores técnicas disponibles. El Servicio estará a cargo de un director que será seleccionado por el Sistema de Alta Dirección Pública, desconcentrado territorialmente y cuyos directores regionales también serán seleccionados por dicho Sistema.
La Superintendencia
La Superintendencia de Medio Ambiente será un órgano autónomo. El Superintendente será nombrado por el Presidente de la República mediante el Sistema de Alta Dirección Pública, y tendrá como función principal administrar un sistema integrado de fiscalización ambiental destinado a garantizar el debido cumplimiento de las regulaciones ambientales.
La Superintendencia tendrá competencia sobre las resoluciones de calificación ambiental que aprueben proyectos de inversión y que hayan sido evaluados por el SEIA, y respecto de las medidas establecidas en planes de prevención y programas de descontaminación. Esta última posibilidad actualmente no existe y, además, la Superintendencia tendrá facultades para fiscalizar el sector público como al privado.
Asimismo, el organismo tendrá competencia para fiscalizar el cumplimiento de las normas de calidad y de emisión en los casos que corresponda, específicamente en los casos de residuos industriales líquidos a cursos superficiales de aguas, que actualmente son realizados por la Superintendencia de Servicios Sanitarios. También tendrá competencia para fiscalizar los planes de manejo de la ley de Bases Generales del Medio Ambiente.
La Superintendencia tendrá tres formas de fiscalización: directa, realizada a través de funcionario de la propia Superintendencia; sectorial la que se hará de conformidad a los programas y subprogramas de fiscalización definidos entre los sectores y la Superintendencia, y por último la privada, que se efectuará mediante un sistema de certificación de conformidad, sujeto a un sistema de acreditación administrado por la propia Superintendencia.
Costos
El proyecto representa un mayor costo fiscal anual de $ 4.100 millones, de los cuales $ 3.100 millones se destinarán a personal y $ 1.000 millones a gastos de operación asociados, los que se financiarán con recursos previstos en las respectivas leyes de presupuestos.
El texto busca mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y alcanzar el ingreso de Chile a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).
Martes 5 de mayo de 2009
El Ministerio definirá las políticas y diseñará la regulación; el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad aprobará las políticas y regulaciones; el Servicio de Evaluación Ambiental administrará las evaluaciones e informará las líneas de base, y la Superintendencia gestionará un sistema integrado de fiscalización ambiental.
La Cámara aprobó la iniciativa legal, en general, por 101 votos a favor. El único artículo que no alcanzó el quórum necesario para ser aprobado fue el 86. Este señalaba que "los proyectos serán calificados por una Comisión presidida por el Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente e integrada por los Secretarios Regionales Ministeriales de Salud, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de Energía, de Obras Públicas, de Agricultura, de Vivienda y Urbanismo, de Transportes y Telecomunicaciones, de Minería, de Planificación, y el Director Regional del Servicio, quien actuará como secretario".
Añadía que "las Direcciones Regionales de Evaluación Ambiental conformarán un comité técnico integrado por el Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente, quien lo presidirá, y el Director Regional de Evaluación Ambiental, los directores regionales de los servicios públicos que tengan competencia en materia del medio ambiente, incluido el Gobernador Marítimo correspondiente y el Consejo de Monumentos Nacionales. Este comité elaborará un acta de evaluación de cada proyecto que será de libre acceso a los interesados".
Estructura
El Ministerio se compondrá de una subsecretaría y seis divisiones, Seremías y Consejos Consultivos a nivel nacional y regional. La Superintendencia tendrá competencia en resoluciones de calificación ambiental, en medidas establecidas en planes de prevención y descontaminación, en normas de calidad y de emisión de riles y en planes de manejo de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.
El Ministerio tendrá las siguientes dependencias: una subsecretaria que tendrá a su cargo seis divisiones que asumirán los siguientes temas: regulación ambiental; información y economía ambiental; educación, participación y gestión local; recursos naturales y biodiversidad; cambio climático y cumplimiento de tratados internacionales, y planificación y gestión.
Además, existirán los Secretarios Regionales Ministeriales, y se mantendrá la estructura de los Consejos Consultivos a Nivel Nacional y Regional.
El Servicio
El Servicio de Evaluación Ambiental estará a cargo de la administración del SEIA y en el mediano plazo simplificará el otorgamiento de permisos ambientales y proporcionará información sobre las mejores técnicas disponibles. El Servicio estará a cargo de un director que será seleccionado por el Sistema de Alta Dirección Pública, desconcentrado territorialmente y cuyos directores regionales también serán seleccionados por dicho Sistema.
La Superintendencia
La Superintendencia de Medio Ambiente será un órgano autónomo. El Superintendente será nombrado por el Presidente de la República mediante el Sistema de Alta Dirección Pública, y tendrá como función principal administrar un sistema integrado de fiscalización ambiental destinado a garantizar el debido cumplimiento de las regulaciones ambientales.
La Superintendencia tendrá competencia sobre las resoluciones de calificación ambiental que aprueben proyectos de inversión y que hayan sido evaluados por el SEIA, y respecto de las medidas establecidas en planes de prevención y programas de descontaminación. Esta última posibilidad actualmente no existe y, además, la Superintendencia tendrá facultades para fiscalizar el sector público como al privado.
Asimismo, el organismo tendrá competencia para fiscalizar el cumplimiento de las normas de calidad y de emisión en los casos que corresponda, específicamente en los casos de residuos industriales líquidos a cursos superficiales de aguas, que actualmente son realizados por la Superintendencia de Servicios Sanitarios. También tendrá competencia para fiscalizar los planes de manejo de la ley de Bases Generales del Medio Ambiente.
La Superintendencia tendrá tres formas de fiscalización: directa, realizada a través de funcionario de la propia Superintendencia; sectorial la que se hará de conformidad a los programas y subprogramas de fiscalización definidos entre los sectores y la Superintendencia, y por último la privada, que se efectuará mediante un sistema de certificación de conformidad, sujeto a un sistema de acreditación administrado por la propia Superintendencia.
Costos
El proyecto representa un mayor costo fiscal anual de $ 4.100 millones, de los cuales $ 3.100 millones se destinarán a personal y $ 1.000 millones a gastos de operación asociados, los que se financiarán con recursos previstos en las respectivas leyes de presupuestos.
El texto busca mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y alcanzar el ingreso de Chile a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).
Martes 5 de mayo de 2009