La iniciativa legal busca prohibir la instalación y funcionamiento de plantas de generación termoeléctrica dentro del radio urbano de las comunas y hasta 30 kilómetros al exterior de dicho límite.
Los autores del proyecto (boletín 7176) señalan que la normativa legal y administrativa establece diversos requisitos para la instalación y funcionamiento de actividades riesgosas o contaminantes, tanto en lo referido a la ubicación como a sus procesos, pero en años recientes desgraciados sucesos en materia ambiental han puesto en evidencia la ineficacia de la institucionalidad y las regulaciones para el cuidado de la naturaleza.
A modo de ejemplo mencionan el caso de la planta de Celco en Valdivia y los irreparables perjuicios que provocó a la flora y fauna del lugar.
Asimismo, hacen presente que los habitantes de zonas del país como Ventanas, Huasco, San Pedro (Quillota), Tocopilla y Coronel han apreciado los inconvenientes que para su vida cotidiana y actividades productivas tradicionales ocasiona la instalación de plantas de generación termoeléctrica, con efectos como la elevación de la temperatura de las aguas, la emisión de gases de efecto invernadero y la polución derivada del uso de combustibles altamente contaminantes como carbón, petróleo o petcoke, que desprenden azufre y hollines.
Los patrocinantes del proyecto subrayan que las evidencias existentes, particularmente en el caso de Río Cruces, en Valdivia, demostrarían que las medidas de prevención y mitigación resultan insuficientes cuando el daño ya se ha producido y por ello estiman razonable prohibir derechamente la instalación de plantas termoeléctricas en el perímetro urbano de las ciudades y zonas aledañas, como también en las áreas silvestres protegidas, áreas costeras y marinas protegidas y santuarios de la naturaleza.
El proyecto presentado es de artículo único y señala: “Prohíbese la instalación y funcionamiento de plantas de generación termoeléctrica dentro del radio urbano de las comunas y hasta 30 kilómetros al exterior de dicho límite”.
“Asimismo, tampoco podrán ubicarse a menos de 30 kilómetros de todo tipo de áreas silvestres protegidas, áreas marinas y costeras protegidas y santuarios de la naturaleza”.
Los autores de la moción son los diputados socialistas Juan Luis Castro, Alfonso De Urresti, Marcelo Díaz. Manuel Monsalve, Clemira Pacheco y Denise Pascal; el comunista Guillermo Teillier; el DC Patricio Vallespín y los UDI Andrea Molina y Manuel Rojas.
La iniciativa quedó radicada para su estudio en la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente.