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miércoles, 21 de julio de 2010

Carta Formal Senadores de Comisiones Unidas de Constitución y Medio Ambiente

Estimado Senador(a),
Como organización interesada en el respeto del medio ambiente, la garantía de los derechos ambientales establecidos en la Constitución Política, y el avance de nuestro país hacia el desarrollo sustentable, le solicitamos considere los siguientes puntos a la hora de legislar sobre los Tribunales Ambientales:
1. Para asegurar acceso a la justicia ambiental, deben constituirse en forma simultánea los 3 Tribunales Ambientales que contempla la Ley y no demorar 2,5 años los de Valdivia y Antofagasta. Además, como se necesitan tribunales ambientales en todas las regiones del país, ello debería quedar asegurado en el articulado transitorio de la Ley.
2. Creemos fundamental que los Tribunales Ambientales cuenten con competencias amplias, que vayan más allá de lo contencioso administrativo ambiental y la revisión de los actos administrativos de la Superintendencia de Medio Ambiente. Se deben ampliar las competencias de los tribunales a las infracciones al Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación; a las reclamaciones que de acuerdo al artículo 137 del Código de Aguas se interpongan en contra de las resoluciones de la Dirección General de Aguas; a las infracciones que indica el artículo 45 de la Ley de Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal; a las infracciones a la Ley de Caza, y a los artículos 9 al 13 y 43 del D.L. Nº 3557, de 1981, sobre Protección de la Agricultura; entre otras.
3. Respecto a quiénes pueden recurrir al tribunal (o legitimación activa) es necesario que organizaciones de interés público puedan representar a las comunidades locales afectadas por los proyectos sometidos a evaluación ambiental, en las reclamaciones ante los tribunales. Las organizaciones deben también poder presentar demandas por daño ambiental o violación de legislación ambiental. Además, las reclamaciones deben poder ser hechas por cualquier interesado, y no sólo por quiénes ingresan observaciones a través de la Participación Ciudadana del sistema de evaluación.
4. Finalmente, consideramos fundamental que la Ley provea el apoyo legal para poder denunciar y litigar a las comunidades afectadas. En este sentido, debiera incluirse en el proyecto de Ley licitaciones para el apoyo legal a quienes no puedan solventar los tramites de acceso a la justicia ambiental.
Esperando una respuesta, le saluda muy cordialmente,
Rodrigo de la O Guerrero
PROGRAMA VIGILANTE COSTERO MAULE ITATA
PRESIDENTE AG TUSIMO MAULE SUR
PRESIDENTE CONSEJO PUBLICO PRIVADO TERRITORIO MAULE SUR