Se espera que la justicia caiga sobre los responsables y en la
eventualidad que la empresa apele a este dictamen, toda acción simplemente
ratifique las medidas señaladas por el tribunal, condenándolos a reparar
materialmente la tragedia ambiental generada y el daño económico causado a la
región.
Esa es la conclusión que nos inunda al leer los detalles de la
investigación que dio lugar al fallo del Primer Juzgado Civil de Valdivia en
este emblemático caso.
Esta industria obtuvo la aprobación para
su proyecto (EIA) en 1998 (RCA Nº 279/98), por 550 mil ton/año de celulosa
kraft, se ubica a tan sólo 500 metros del río Cruces, en
cuyo cauce se encuentra el Santuario de la Naturaleza Carlos Andwanter (Humedal
del Río Cruces – protegido por el DS Nº 2734/1981).
En la época esto fue
objetado duramente, con informes
técnicos y una oposición ciudadana que, en conocimiento
del impacto que ya había producido la industria de la celulosa en otras zonas
del país, hacían impensada su aprobación original ya que eran insostenibles los
argumentos que respaldaban su funcionamiento inofensivo.
No
obstante, en enero del ‘96 el Comité Técnico declaró el proyecto ambientalmente
inviable y lo rechazó, lo que luego fue aplacado, moderado y por último
invisibilizado, luego que en marzo de ese mismo año, el
Presidente Frei visitó los terrenos de la planta y apoyó públicamente su
construcción.
Con el respaldo
político de turno y las promesas de una industria modelo para la región, de
tecnología única en Latinoamérica, se
creó la tormenta perfecta destinada a bypassear la frágil institucionalidad
ambiental de nuestro país. Así, se escribió uno de los
capítulos más oscuros de la herencia socio ambiental de los gobiernos de la
Concertación en complicidad con el poder industrial de nuestro país.
Y es
este mismo poder el que hasta hoy mantiene una lucha sin cuartel con los
pescadores y comunidades que se oponen a la disposición de los desechos de esta
industria en las costas y áreas de pesca de la región.
Del fallo, con fecha
27 de julio de 2013, se desprende que la empresa contradiciendo su autorización
de funcionamiento, proceso 668 mil/ton/año de celulosa, vertió residuos industriales
líquidos al río Cruces en composición y cantidad superior a lo autorizado,
provocando aumento de la temperatura, presencias de ácidos y metales pesados que,
entre otros elementos, desencadenaron procesos químicos, físicos y la
consecuente “destrucción ilegal y deliberada del humedal”.
Esta situación afectó la cadena de vida y
supervivencia del ecosistema que ha albergado a centenares de especies,
entre mamíferos, reptiles, anfibios e insectos y aves, siendo las mas
representativas -e indicador biológico que mayor impacto publico genero en esta
tragedia- los cisnes de cuello negro. Estas aves literalmente se desplomaron
sobre las cabezas de la población en las comunas de San José de la Mariquina y
Valdivia.
De igual modo se
espera que la justicia caiga sobre los responsables de este caso y en la
eventualidad que la empresa apele a este dictamen, toda acción simplemente
ratifique las medidas señaladas por el tribunal, condenando a la empresa a
reparar materialmente la tragedia ambiental generada y el daño económico
causado a la región.