Por:
Fernanda Miranda, geógrafa, y Hernán Ramírez, investigador asociado a Fundación
Terram. Fuente: CodexVerde
Esta columna está basada en el
Informe “Termoelectricidad a carbón y las precarias normativas de emisión y
calidad del aire en Chile” que hemos enviado al Examen Periódico Universal
(EPU) de la ONU 2018 como organización de la sociedad civil propositiva, donde
recomendamos al Estado de Chile actualizar las Normas de Calidad según lo
exigido por la Organización Mundial de la Salud (OMS), los cuales en Chile no
incluyen medidas para metales pesados y revisar las restricciones a
termoeléctricas, de modo que igualen los estándares exigidos en Estados Unidos
y la Unión Europea.
La delicada situación ambiental de las comunas de Tocopilla,
Mejillones, Huasco, Quintero-Puchuncaví y Coronel-Hualpén generada, en gran
medida, por el funcionamiento de centrales termoeléctricas a carbón y petcoke
(carbón de petróleo), son casos paradigmáticos de injusticia ambiental y de
violación de los derechos humanos por parte del Estado de Chile y de las
empresas instaladas en esos territorios.
En los últimos años, reportes del Instituto Nacional de Derechos
Humanos (INDH), como el Informe del año 2014 y
la actualización del Mapa de Conflictos
Ambientales del año 2015, han constatado la vulneración de
derechos fundamentales por parte del Estado de Chile en estas comunas, producto
de la contaminación sistemática a la que han sido sometidas, definiéndolas como
“Zonas de Sacrificio”. Del mismo modo, el Centro de Derechos Humanos de la
Universidad Diego Portales (UDP), en su informe del año
2012, dedica un capítulo completo a la situación ambiental de las
comunas de Quintero-Puchuncaví, señalando que el Estado ha incumplido sus
obligaciones en cuanto a tutelar el derecho a la vida, a la salud y a vivir en
un medio ambiente libre de contaminación.
Es necesario especificar que las 27 unidades de generación
termoeléctrica a carbón y petcoke que existen en el país, fueron emplazadas en
estas comunas a corta distancia de las áreas residenciales, emitiendo a la
atmósfera contaminantes como material particulado (MP), dióxido de nitrógeno (NO2), dióxido de azufre (SO2),
dióxido de carbono (CO2), y
metales pesados como el mercurio (Hg), los cuales han producido efectos nocivos
para la salud de la población que se encuentra en su radio de influencia, que
van desde dolores de cabeza al aumento de la frecuencia de diferentes tipos de
cáncer.
Gran parte de estos territorios han sido declarados como zonas
latentes o saturadas (solo Mejillones no cuenta con un
decreto de este tipo, a pesar de poseer un complejo industrial de enormes
proporciones), dictándose Planes de Prevención y
Descontaminación Atmosférica (PPDA) en algunos casos. No
obstante, los precarios e insuficientes estándares que las autoridades chilenas
han adoptado tanto para la Norma de Emisión de Centrales
Termoeléctricas, como para las Normas de Calidad Primaria del Aire,
exponen a los habitantes a altos riesgos de salud frente a la presencia de
contaminantes atmosféricos, por estar muy lejos de lo recomendado por la
Organización Mundial de la Salud (OMS) y por sobre lo permisible en países como
EEUU, China o la Unión Europea (UE).
Al comparar la Norma de emisión para centrales
termoeléctricas (D.S. Nº13/2011), -que regula las
emisiones de MP, SO2, NOx y
Hg- con las normativas de emisión de China, Estados Unidos y la UE, se
comprueba lo precaria y obsoleta de la norma nacional, cuyos estándares están
muy por debajo de lo que es considerado permisible en dichos países. Por otro
lado, a pesar que esta norma ya ha cumplido más de 5 años desde su publicación,
a la fecha el Estado no ha iniciado su
proceso de revisión, como lo establece el Reglamento para la
Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión (D.S. N°93 de 1995).
Respecto a las Normas de Calidad Primaria del Aire (NCP), vemos
que la norma de Material Particulado Respirable MP10 (D.S.
N°59 de 1998), no ha tenido mejoras en sus estándares desde 1998. En 2014 se
inició su proceso de revisión, sin embargo, no se contemplaron mejoras a sus
estándares, los que sobrepasan al máximo recomendado por la OMS y al máximo
permitido en Estados Unidos y la Unión Europea. Es necesario señalar que el
Material Particulado es el contaminante que más significativamente ha sido
asociado a eventos de mortalidad y morbilidad en la población.
La situación es igual al analizar comparativamente las NCP para Material
Particulado Fino Respirable MP2.5, (DS
12/2011), Dióxido de Azufre (SO2) (D.S.
N°113/2012), y Dióxido de Nitrógeno (NO2) (D.S.
114/2003). Observamos, además, que en Chile no hay NCP para arsénico
(As), Benceno, Tolueno, Xileno, Mercurio,
Cadmio, Vanadio y Compuestos Orgánicos Volátiles (COV).
Desde Fundación Terram, creemos que el Estado de Chile no ha
adoptado medidas adecuadas para evitar violentar los derechos humanos de los
habitantes de estas Zonas de Sacrificio, al exponerlos a excesivas concentraciones
de contaminantes que superan niveles seguros y recomendados por la OMS. Por
esta razón, como actor de la sociedad civil, hemos presentado para el próximo “Examen Periódico
Universal” (EPU) de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ONU), un
informe con recomendaciones donde solicitamos al Estado: a) Actualizar
las Normas de Calidad Primaria igualando los estándares a las recomendaciones
de la Guía de Calidad de la OMS; b) Crear Normas
de Calidad Primaria para: Arsénico, Mercurio, Cadmio, y otros contaminantes sin
normativa, empleando valores contemplados en la Guía de Calidad OMS; c) Iniciar
el proceso de revisión de la Norma de Emisión de Termoeléctricas, incluyendo
dentro de los contaminantes normados el Vanadio, Níquel, Compuestos Orgánicos
Persistente (COP); y que se igualen los niveles de emisiones a lo establecido
en la Normativa de la UE; d)Implementar a la
brevedad un efectivo Plan de Descontaminación y Prevención para las
comunas de Quintero-Puchuncaví; e) Realizar
mediciones confiables de concentración MP, SO2 y NO2 para
determinar el estado de latencia o saturación en la comuna de Mejillones; y f) Legislar
a la brevedad el cierre de centrales termoeléctricas a carbón y petcoke en
Chile.
De acuerdo al calendario del Consejo de Derechos Humanos de la
ONU, al Estado chileno le correspondería rendir el Examen Periódico Universal
el día 22 de enero del 2019 desde las 9.00 a 12:30 horas, en Ginebra-Suiza.
Esperamos que el Estado comience a avanzar en esta materia a la brevedad, con
el fin de saldar su gran deuda ambiental con los habitantes de las Zonas de
Sacrificio.