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martes, 22 de septiembre de 2020

Waterkeeper Alliance insta a los líderes de América Latina y el Caribe a que ratifiquen el Acuerdo Regional que garantiza protección para defensores del ambiente

América Latina se ha convertido en el lugar más peligroso del mundo para los activistas ambientales

En respuesta al aumento de asesinatos de defensores del ambiente en América Latina, el Director Ejecutivo de Waterkeeper Alliance, Marc Yaggi, envió a principios de septiembre una carta (disponible en Inglés y Español) a los líderes de 12 naciones pidiéndoles que firmen y ratifiquen el Acuerdo de Escazú, el primer tratado sobre derechos humanos en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe. Entre sus disposiciones (art. 9), se incluye la protección para los ciudadanos activistas que trabajan en la defensa del ambiente.
Según el informe más reciente de Global Witness, una autoridad internacional en materia de abusos de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente, en 2019 se produjeron 212 asesinatos de activistas ambientales a nivel internacional, de los cuales casi el 70 por ciento se produjeron en América Latina. Colombia es la nación del mundo que más asesinatos ha sufrido; 64 defensores del ambiente fueron asesinados allí en 2019. Los asesinatos en Honduras aumentaron de 4 en 2018 a 14 en 2019, convirtiéndolo en el país más peligroso del mundo per cápita para los defensores del ambiente, informó Global Witness. 
“América Latina es un lugar de peligro crítico cuando se alza la voz por los derechos ambientales”, dijo Yaggi. ”Las voces de la comunidad son una parte importante del proceso para determinar si los riesgos ambientales de un proyecto son mayores que sus beneficios. Los ciudadanos nunca deberían temer a la violencia por hablar en nombre de su comunidad, sus recursos naturales y nuestro planeta; la protección de los miembros de la comunidad que se hacen oír es un derecho humano fundamental. Este Acuerdo tiene el potencial de proporcionar esa protección tanto en el Caribe como en América Latina”
Además de ofrecer protección a los defensores del ambiente, el Acuerdo de Escazú también concede derechos de acceso a la información sobre el ambiente, la participación pública en los procesos de toma de decisiones en materia de ambiente y el acceso a la justicia en asuntos ambientales, garantizando el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano y que los derechos reconocidos en el Acuerdo puedan ser ejercidos libremente.
“El Acuerdo de Escazú lleva a la escena internacional la importancia de que las decisiones económicas se guíen por consideraciones sociales y ambientales”, dijo el Prof. Sérgio Mattos-Fonseca, Director Ejecutivo de Guanabara Baykeeper-APREC Ecossistemas Costeiros. “Este es el trípode que subyace a la sostenibilidad de la vida humana en el planeta”.
Waterkeeper Alliance urge especialmente a los países de Chile, El Salvador, Trinidad y Tobago, Bahamas y Belice para que firmen el Acuerdo de Escazú, teniendo en cuenta que acorde con el artículo 21 del Acuerdo, el período para la firma del Acuerdo de Escazú vence el próximo 26 de septiembre del 2020.
De los 33 países de la región, 22 han firmado el Acuerdo de Escazú y sólo 9 lo han ratificado. Para que el Acuerdo de Escazú entre en vigor es necesario que lo ratifiquen un mínimo de 11 países, los países a los que Yaggi dirigió su carta aún no han ratificado el Acuerdo. 
Waterkeeper envió la carta a los Primeros Ministros de las Bahamas y Belice, y a los Presidentes de Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, la República Dominicana, El Salvador, Guatemala, México, Perú y Trinidad y Tabago, así como a los embajadores de los Estados Unidos de América de las 12 naciones. 
Al enviar la carta, el Sr. Yaggi actuó como portavoz de los grupos Waterkeeper locales en América Latina y el Caribe.
Esos grupos locales son: Waterkeepers Bahamas de las Bahamas; Placencia Lagoon Waterkeeper en Belice; Guanabara Baykeeper en Brasil; Futaleufú Riverkeeper y Maule Itata Coastkeeper en Chile; Bocas de Ceniza Waterkeeper, Cartagena Baykeeper, y Río Inírida Waterkeeper en Colombia; Nicoya Peninsula Waterkeeper en Costa Rica;  Río Ozama Waterkeeper en la República Dominicana; Jiquilisco Bay Waterkeeper en El Salvador; Rio Motagua Waterkeeper en Guatemala; Cabo Pulmo Coast Waterkeeper, La Paz Waterkeeper, Loreto Coastkeeper, Los Cabos Coastkeeper, San Quintin Bay Waterkeeper, y Tijuana Waterkeeper en México; Rio Mapacho Waterkeeper, Ramis Riverkeeper, Marañón Waterkeeper y Amazonas Perú Waterkeeper en Perú; y Gulf of Paria Waterkeeper en Trinidad y Tobago.
“La ratificación y entrada en vigor del Acuerdo de Escazú generaría la estructura legal y política necesaria para garantizar la creación de espacios de participación pública EFECTIVA en temas ambientales“, dijo Carolina Chavarría Pozuelo, Nicoya Peninsula Waterkeeper. “Como organización que trabaja diariamente velando por el respeto del medio ambiente, es crucial contar con este marco legal.“
Imagen destacada: La Cumbre Regional Latinoamericana, del 24 al 28 de abril de 2019 en Cartagena, Colombia, tuvo 37 participantes en representación de grupos Waterkeeper de Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, México, Panamá y Perú.

viernes, 11 de septiembre de 2020

Donaciones

jueves, 3 de septiembre de 2020

Declaración Pública de las Organizaciones Unidas por la Defensa y Protección de Arcos de Calán y el Territorio Maule-Ñuble

Firma la petición: AQUI

Hace pocas semanas, el sector de los Arcos de Calán, ubicado en la costa sur de la Provincia de Cauquenes, comuna de Pelluhue, fue declarado Santuario de la Naturaleza. Recibimos con alegría esta noticia, sin embargo, a poco andar, se nos alertó un llamado debido a la preocupación de vecinos y vecinas del sector.

Un proyecto inmobiliario del que se tienen más dudas que certezas, pues se ha tomado el borde costero del sector, ofreciendo loteos vacacionales que incluyen pozos de abastecimiento de agua, pavimentación de caminos, electrificación, entre otros; sin el involucramiento de NINGUNA autoridad, local, ni gubernamental, sólo han señalado que el proyecto cumple con la escasa y poco lógica ley.

La falta de planificación y sentido común, arrasará con un sector altamente relevante para la biodiversidad de la zona, debido a la presencia de un humedal y formaciones vegetacionales ya muy alteradas por los monocultivos forestales de especies exóticas, que cubren cerros y quebradas de nuestro territorio.

Es necesario considerar que si bien los predios tienen delimitación, la naturaleza no es posible de parcelar, y no es solo el área de Arcos de Calán la relevante para la biodiversidad, sino también sus alrededores. Además, que al ser una zona colindante a un área oficialmente protegida, debiese aplicar un criterio más estricto para el desarrollo de distintos tipos de proyectos.

Más específicamente compartimos las siguientes inquietudes:

Impactos proyectados de la construcción de viviendas: la evaluación ambiental presentada por la empresa no se hace cargo del potencial de construcción que está habilitando al realizar el loteo, lo que legalmente podrían ser hasta dos viviendas por lote, sumando 96 unidades. Los impactos que nos preocupan, y que debiesen ser evaluados ambientalmente (a través del proceso institucional, como se señala en el siguiente punto), son:

  • Impacto en la flora y fauna silvestre del sector, especialmente, considerando que las dunas de este lugar son lugar de anidamiento de aves.
  • Capacidad de los suelos para sostener las futuras construcciones.
  • Efectos sobre los cursos y fuentes de agua.
  • Impactos asociados a la generación de residuos (considerar que en dicha zona no hay cobertura de retiro municipal de residuos).
  • Impactos sociales y económicos, por la intervención de una zona relevante para el turismo, el esparcimiento y actividades de subsistencia como recolección de algas. Además de los impactos conjugados de estos tipos de proyectos, que al aumentar la plusvalía de los terrenos promueven la emigración de las comunidades locales, con la consiguiente pérdida patrimonial y cultural, así como efectos en el aumento de costo de contribuciones, altamente restrictivos para Pelluhue y actuales habitantes del territorio, generando un proceso de desintegración social asociado al “exclusivismo” y promovido por un desarrollo inmobiliario de estas características.
  • Impactos paisajísticos, al habilitar el espacio para una construcción sin restricciones aparentes (más que un Reglamento Interno cuyo cumplimiento dependerá de los mismos propietarios).
- Elusión a la institucionalidad ambiental: el proyecto elude la institucionalidad ambiental al no ingresar al SEIA por las siguientes causales (descritas en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto n° 40 del 2013 del Ministerio de Medio Ambiente).

RSEIA
Artículo 3.- Tipos de proyectos o actividades. Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes:

g) Proyectos de desarrollo urbano o turístico, en zonas no comprendidas en alguno de los planes evaluados estratégicamente de conformidad a lo establecido en el párrafo 1º bis del Título II de la Ley. Se entenderá por planes a los instrumentos de planificación territorial.

g.1.1. Conjuntos habitacionales con una cantidad igual o superior a ochenta (80) viviendas o, tratándose de vivienda social, vivienda progresiva o infraestructura sanitaria, a ciento sesenta (160) viviendas.

Argumento: El proyecto, que corresponde a un loteo por la inexistencia actual de servicios urbanos y la intención del mismo proyecto de proporcionar servicios como electrificación, aprovisionamiento de agua, caminos, etc.; no impide ni asegura que no se construirán menos de 80 viviendas; y a que su ejecución favorece la construcción de las mismas, además.

p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 11-Jun-2015 reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita.

Argumento: Esto debido a que la comuna de Pelluhue se encuentra bajo protección por la declaración como Zona de Interés Turístico (ZOIT) gracias a la Resolución 1251 de 2009 del Servicio Nacional de Turismo, y que está en proceso de revisión para ser actualizado.
Además, el proyecto se emplaza colindante y en consecuencia, en una zona de influencia o de buffer del ASPE Santuario de la Naturaleza Arcos de Calán, recientemente aprobado por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad.

- Riesgo de inundación ante tsunami: la evaluación ambiental presentada por la inmobiliara señala lo siguiente: 
    “No se cuenta con información que permita determinar la altura de ola máxima de un tsunami en caso de producirse, debido a que esto dependerá, entre otros factores, de las condiciones batimétricas de la costa y de las características del evento sísmico, a particularmente su magnitud y origen.
    
    No obstante lo anterior, si se considera la altura de ola máxima para el litoral del sector de 10 m, calculada por Belisario Andrade, Federico Arenas y Marcelo Lagos en el artículo Incorporación de criterios de fragilidad ambiental y riesgo en la planificación territorial de la costa de Chile central, es posible incidir que el sitio de emplazamiento se encuentra fuera de este rango altitudinal.”

    Consideramos totalmente negligente que no se consideren los efectos del tsunami del año 2010, que, gracias a testimonio de vecinas y vecinos, sabemos que se alzó por sobre el área que abarca el loteo, siendo un peligro para quienes deseen comprar y posteriormente habitar este espacio. Todo esto, sin excluir otros posibles impactos y efectos negativos que pudiese acarrear el desarrollo de este proyecto.
    
    Por otra parte, es necesario considerar y prever el que la zona está sufriendo un boom inmobiliario, lo cual se puede visualizar en el aumento de corredoras de propiedades con base local, así como en el desarrollo urbano explosivo en zonas no aptas para ello (Punta Sirena, Cardonal, ribera del Río Chovellén, entre otros) y se hace necesaria una planificación, para que sea sustentable con el medioambiente, las personas y el patrimonio.
    
   Esperamos que las autoridades medioambientales, marítimas, de la gobernación y municipales tomen cartas en el asunto, especialmente el Municipio, haciendo valer su rol de velar por la salud pública y protección del medio ambiente, como consta en el artículo 4 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (Ley 18.695). De la misma forma, solicitamos a la comunidad no adquirir los terrenos ofertados por la inmobiliaria, sin antes conocer aspectos ligados al uso de suelo, de esta manera la protección nace desde nosotros, desde nuestra propia conciencia por un futuro sustentable. 

    Llamamos al sentido común y la solidaridad de vecin@s, visitantes, y divers@s actores con esta causa que busca prevenir el deterioro de nuestro territorio y encontrar el camino para un desarrollo regenerativo del mismo.

    Se despiden,

Organizaciones unidas por la defensa y protección de Arcos de Calán y el territorio Maule-Ñuble

Anexos

1) Firma la petición: AQUI
2)  Organizaciones adherentes:
  1. Acción Ciudadana Pelluhue
  2. Agrupación Ciudadana de Turismo y Recreación de Pelluhue (ACITUR Pelluhue) 
  3. Agrupación Mujeres Rurales Provincia de Cauquenes
  4. Asociación Gremial de Turismo y Comercio de Pelluhue
  5. Centro de Desarrollo Cre-Ser
  6. Chilebirds
  7. Colectivo Maleza
  8. Comité Ambiental Comunal de Pelluhue (CAC Pelluhue)
  9. Comité de Defensa Ambiental de Cauquenes (CODAC)
  10. Comité para la Defensa de Borde Costero Buchupureo (CDBCB)
  11. Coordinadora Ambiental Ñuble Sustentable
  12. Eco Cauquenes
  13. Hijuelas de Pilén
  14. Junta de vecinos n°1 de Pelluhue
  15. La Colectiva Pelluhue
  16. La Ruka Curanipe
  17. Nómade Colectivo
  18. Todos Somos Cobquecura
  19. Unión Comunal de Adultos Mayores de Pelluhue (UCAM Pelluhue)
  20. Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Pelluhue
  21. Vigilante Costero Maule-Itata
3) Video denuncia ciudadana CODAC:

4) Antecedentes del loteo:
5) Antecedentes del Santuario de la Naturaleza Arcos de Calán:

jueves, 20 de agosto de 2020

Chile debe dar prioridad a los derechos al agua y a la salud antes que los intereses económicos, dice el Experto de la ONU









GINEBRA (20 de agosto de 2020) – El Gobierno de Chile no debe priorizar las plantaciones de aguacate y la producción de electricidad antes que los derechos a la salud y al agua de su pueblo, y las empresas deberían abordar los efectos negativos de sus actividades sobre estos derechos, dijo hoy el Experto de la ONU.
“El Gobierno chileno no cumple sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos si da prioridad a proyectos de desarrollo económico sobre los derechos humanos al agua y a la salud,” dijo Léo Heller, Relator Especial de la ONU sobre los derechos humanos al agua y al saneamiento. Se refirió específicamente al Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo, al sureste de la capital, Santiago, y al negocio de aguacate en la Provincia de Valparaíso, región al norte de Santiago.
“El Gobierno está obligado a garantizar un abastecimiento de agua suficiente para toda la gente”, dijo Heller. “Estos dos proyectos económicos pueden poner en riesgo el abastecimiento, lo que es particularmente preocupante durante la pandemia de COVID-19. He pedido al Gobierno de Chile que aclare estas dos cuestiones.”
Chile es uno de los mayores exportadores de aguacate del mundo. Debido a la escasez extrema de agua, el Gobierno declaró el año pasado el estado de “emergencia de agua” en Petorca, donde un aguacatero consume tres veces más agua que la cuota reservada para los residentes, y la provincia sufre desde el año pasado una escasez extrema de agua.
Desde 2016, se han destinado para los residentes 50 litros diarios por persona. El agua es abastecida por medio de camiones cisterna no certificados que, en ocasiones, ha sido tan insalubre que ha causado casos de diarrea infantil.
“Esto no es suficiente para cubrir las necesidades domésticas usuales durante una pandemia,” dijo Heller. “El Ministerio de Salud de Chile recomienda el lavado de manos como una de las maneras más efectivas para prevenir la propagación del COVID-19, por lo que el Gobierno debe garantizar un suministro de agua adecuado para todas las personas y asegurarse de que las empresas no socaven la capacidad del Estado para cumplir con sus obligaciones.”
El 8 de abril de 2020, el Ministerio de Salud de Chile aprobó una resolución que incrementa la cuota a 100 litros diarios por persona en la Provincia de Petorca. Ocho días después, en una decisión que podría ser ilegal conforme al derecho internacional, revocaba esta resolución. Al mismo tiempo, “inimaginablemente” dijo Heller, el Gobierno sigue otorgando nuevos derechos de agua a empresas agrícolas y no ha logrado controlar el uso ilegal y excesivo de agua de las empresas aguacateras.
El otro polémico proyecto es el Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo (PHAM) en la Cordillera de los Andes, que genera electricidad mediante el desvió de tres principales tributarios del Río Maipo, a través de 67 km de túneles.
“Este proyecto no solo podría reducir la principal fuente de agua potable de los residentes de Santiago de Chile, sino que también podría agravar la contaminación del aire en la capital” dijo Heller, dañando el “corredor verde” de la cuenca del Río Maipo que ha ayudado a compensar la contaminación.
Durante la implementación del proyecto, que debería entrar en funcionamiento en diciembre, “a pesar de que el Gobierno ha investigado los daños ambientales, no se ha tomado ninguna medida para garantizar el derecho humano al agua de la población afectada por este megaproyecto”, dijo Heller.
FIN

El experto:

El Sr. Léo Heller (Brasil) es el Relator Especial sobre los derechos humanos al agua potable y el saneamiento, nombrado en noviembre de 2014. Actualmente, el Sr. Heller es investigador de la Fundación Oswaldo Cruz de Brasil y trabajó anteriormente como Profesor del Departamento de Ingeniería Sanitaria y Ambiental de la Universidad Federal de Minas Gerais, en Brasil entre 1990 y 2014.

Los Relatores Especiales forman parte de lo que se conoce como los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes del sistema de derechos humanos de la ONU, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y supervisión del Consejo que se ocupan de situaciones de países específicos o de cuestiones temáticas en todas las partes del mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y prestan servicios a título individual.

Para más información y solicitudes de los medios de comunicación, por favor contacte con la Sra. Frédérique Bourque (fbourque@ohchr.org/ +41 22 917 9946).

Para consultas de los medios de comunicación sobre otros expertos independientes de la ONU, por favor contacte con Renato de Souza (+41 22 928 9855 / rrosariodesouza@ohchr.org) y Kitty McKinsey (kmckinsey@ohchr.org)

Siga las noticias relacionadas con los expertos independientes en derechos humanos de la ONU en Twitter @UN_SPExperts.

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