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sábado, 26 de octubre de 2024

DECLARACIÓN GRUPOS WATERKEEPER® DE AMÉRICA LATINA COP 16- Convenio sobre Diversidad Biológica 21 de Octubre al 1 de Noviembre del 2024 Cali, Colombia

Estimados Presidentes y tomadores de decisiones de Latinoamérica y el Caribe

Los siguientes grupos de la Alianza Waterkeeper®(1) de América Latina(2), Guanabara Baykeeper, en Brasil; Maule Itata Coastkeeper, Futaleufú Riverkeeper en Chile; Bocas de Ceniza Waterkeeper, Cartagena Waterkeeper, Río Cravo Sur Waterkeeper, Río Inírida Waterkeeper, Río Meta Waterkeeper y Río Pauto Waterkeeper en Colombia; Nicoya Península Waterkeeper, en Costa Rica; Guayllabamba Waterkeeper, en Ecuador; Lake Atitlan Waterkeeper en Guatemala; Cabo Pulmo Coast Waterkeeper, Los Cabos Coastkeeper, Loreto Coastkeeper, Terra Peninsular Waterkeeper y Tijuana Waterkeeper, en México; Río Mapacho Waterkeeper y, Ramis Riverkeeper en Perú; y Río Ozama en República Dominicana, y Marc Yaggi, CEO de Waterkeeper Alliance, en el marco de la Conferencia de las Partes (COP 16), del Convenio sobre Diversidad Biológica, -en adelante el CDB-, hacemos un llamado a los líderes latinoamericanos y tomadores de decisiones para que:
  • Refuercen los compromisos adquiridos como Partes del CBD, en armonía con los compromisos adquiridos en el marco de la CMNUCC, el Acuerdo de París, la Convención Ramsar y otros instrumentos internacionales que deban armonizarse con el marco global de protección de biodiversidad Kunming- Montreal, el cual constituye un plan estratégico para el logro de los objetivos del CBD y sus protocolos en el período 2022-2030.
  • Que la lucha contra la contaminación a nivel latinoamericano se centre en la disminución gradual y progresiva de las sustancias químicas que son liberadas a nuestras fuentes hídricas, se fortalezca la investigación y el conocimiento sobre los contaminantes emergentes. ● Se continúe avanzando en la gestión de los vertimientos y se reduzcan las brechas en relación con la prestación del servicio público de saneamiento, en beneficio del ser humano, pero también de la naturaleza. ● Se fortalezca a nivel administrativo, financiero, político y legal la batalla en contra de la deforestación y la pérdida de biodiversidad. ● Se incluya en la gestión integral del agua el cambio climático desde la oferta, la demanda, la calidad y la gestión del riesgo. ● Se diseñen estrategias financieras viables que incentiven el uso de energías limpias y se desclasifique la energía hidroeléctrica como energía limpia. ● Se respete a las comunidades locales, sus saberes y cosmovisión, para alcanzar los objetivos del CBD y la misión del plan estratégico de protección de la biodiversidad al 2030.
Los Waterkeepers que hacemos parte de esta declaración, declaramos y manifestamos lo siguiente:
  1. Que como humanidad enfrentamos una triple crisis planetaria –pérdida de biodiversidad, cambio climático y contaminación- y que la crisis del agua es transversal a esta tripleta.
  2. Que la contaminación del agua no sólo afecta directamente el goce efectivo del derecho humano al agua limpia, sino que implica también una afectación directa de los derechos de la Naturaleza y las fuentes hídricas.
  3. Que más de 90 de 185 países tienen uno o más ecosistemas relacionados con el agua en estado de degradación; el caudal de los ríos ha disminuido significativamente en 402 cuencas fluviales en todo el mundo, donde viven aproximadamente 107,5 millones de personas; los cuerpos de agua superficial, como los lagos, se están reduciendo o desapareciendo por completo en 364 (de 13.894) cuencas en todo el mundo, donde viven aproximadamente 93,1 millones de personas; el mundo ha perdido 5.250 km2 de manglares, una disminución neta del 3-4% desde 1996; y los humedales se están drenando para la agricultura: alrededor del 85 % se ha perdido a nivel mundial en los últimos 300 años y más del 50 % desde 1900, (ONU AGUA, 2024).
  4. Que de 9 límites planetarios evaluados se concluye que hemos sobrepasado el nivel seguro de 6 de ellos, cuyo análisis en conjunto, y en congruencia con toda la información oficial y aquella, producto de la investigación científica independiente proveniente de la Academia, nos indica que se encuentra en alto riesgo la estabilidad de los procesos biológicos de la Tierra, que permiten la vida en el planeta, como la conocemos hoy.
  5. Que el límite planetario “cambios en el agua dulce”, documenta y evidencia que la alteración de los ciclos del agua dulce, incluidos los ríos y la humedad del suelo, afecta las funciones naturales, como el secuestro de carbono y la biodiversidad. Las intervenciones antrópicas han derivado en que este límite ha sobrepasado el nivel seguro. (Planetary boundaries - Stockholm Resilience Centre).
  6. Que el desequilibrio en los procesos bio-geoquímicos de la Tierra se agrava, al no tener suficientemente información científica y en especial carencia de datos en muchos países de bajos ingresos o en desarrollo, sobre el nivel de contaminación causada por contaminantes emergentes y todo tipo de sustancias químicas que son liberadas por segundo en nuestros cuerpos de agua.
  7. Que la evaluación del límite planetario “entidades nuevas”, documenta entre otros aspectos, que la cantidad de sustancias sintéticas liberadas al medio ambiente sin realizar pruebas adecuadas superó el nivel seguro. (Planetary boundaries - Stockholm Resilience Centre).
  8. Que el nuevo marco de diversidad biológica Kunming- Montreal establece 23 metas de aplicación inmediata y urgente para proteger, conservar y revertir la pérdida de biodiversidad y entre ellas, se encuentra la Meta 7 que apunta a la reducción de los riesgos de la contaminación para el 2030; reducir al menos a la mitad la liberación de exceso de nutrientes, reduciendo al menos a la mitad el riesgo de los plaguicidas y sustancias químicas peligrosas, así como prevenir, reducir y procurar la eliminación de la contaminación por plástico.
  9. Que la Resolución UNEA- Asamblea de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente- 6/13 de fecha 1 de Marzo del 2024, sobre “Soluciones Eficaces e Inclusivas para Reforzar las Políticas Hídricas a fin de Lograr el Desarrollo Sostenible en el Contexto del Cambio Climático, la Pérdida de Diversidad Biológica y la Contaminación”, reconoce la elevada preocupación por las amenazas a la calidad y cantidad de agua en particular las debidas a la contaminación de origen marino y terrestre, y por el hecho de que los ecosistemas relacionados con el agua sufren los efectos del cambio climático, la grave contaminación por patógenos, el aumento de actividades antrópicas contaminantes y la deficiencia en saneamiento Ambiental.
  10. Que la contaminación del agua y la vida acuática con sustancias peligrosas emergentes y no emergentes, no está suficientemente documentada en relación con los ríos y demás fuentes hídricas de América Latina y el Caribe, requiriéndose mayor investigación científica, que permita establecer de manera cierta el real estado de contaminación del agua con sustancias químicas y conocer si aquellas que están hoy prohibidas bajo el marco normativo de cada país, se encuentran presentes en el agua.
  11. Que es responsabilidad de los latinos proteger nuestro patrimonio natural, pero también responsabilidad de toda la sociedad planetaria colaborar en la protección de la biodiversidad; es necesario, que no sólo los gobiernos, la sociedad civil, la Academia, defensores de derechos humanos y derechos de la naturaleza actúen, sino que se requiere del concierto decidido del sector empresarial e industrial para transformar los procesos de producción para reducir la contaminación de agua, aire y suelo.
  12. Estamos en un momento histórico y crucial, para que como humanidad asumamos la responsabilidad que nos corresponde como especie y detengamos la pérdida de biodiversidad en el planeta.
  13. Que la protección de la biodiversidad y del agua, implica que se proteja y respete el ejercicio de los defensores ambientales y de la naturaleza, por lo cual se deben fortalecer e implementar los estándares establecidos en el Acuerdo de Escazú.
  14. El fortalecimiento de los derechos de acceso es asunto vital en la lucha contra la pérdida de biodiversidad y el cambio climático. Es inminente que los Estados avancen en el marco de la ética, la transparencia, la solidaridad y equidad intergeneracional hacia una nueva gobernanza que permita detener la pérdida de biodiversidad, fundamentada en los derechos humanos.

DECLARACIÓN Y PETICIONES

  1. Los Waterkeepers de América Latina identificados en esta declaración y Waterkeeper Alliance, declaramos que, la protección y defensa del agua, equivale a proteger toda forma de vida presente en los ecosistemas acuáticos y marino-costeros.
  2. Que los seres humanos tenemos la responsabilidad de proteger la biodiversidad en nuestro planeta para garantizar un ecosistema sostenible y próspero para las generaciones futuras.
  3. Que revertir la pérdida de biodiversidad sólo puede lograrse con la acción decidida, armónica y conjunta de los pueblos indígenas, comunidades locales, actores institucionales y sociales, siempre, respetando los valores y tradiciones de los pueblos indígenas, las comunidades locales y campesinas, custodios de la vida y la diversidad biológica.
  4. Que vivir en armonía con la Naturaleza en el 2050 es posible, sí y sólo sí, se despliegan todos los recursos financieros, humanos y técnicos para implementar las 23 metas de Kunming- Montreal, reconociendo el valor intrínseco de cada forma de vida presente en la Tierra y por lo tanto sus derechos inherentes.
  5. Que el agua como elemento de la Naturaleza y derecho humano fundamental y en general las fuentes hídricas tienen el derecho a estar libres de contaminación.
Conforme a lo expuesto, sobre la base de la equidad y solidaridad intergeneracional y teniendo plenamente en cuenta las circunstancias de cada país y con arreglo a los principios y disposiciones del Convenio sobre Diversidad Biológica, solicitamos e instamos a los presidentes, tomadores de decisiones de América Latina y el Caribe, lo siguiente:

  1. Coherencia en el discurso en relación con la implementación de las metas de Kunming-Montreal, en el marco de los Planes Nacionales de Protección de la Biodiversidad y las Contribuciones Nacionales Determinadas (NDC), de cada país para alcanzar los objetivos del Convenio sobre Diversidad Biológica y del Acuerdo de París. Esta coherencia se evidencia con políticas y acciones claras, tales como, la disminución gradual y sostenida de proyectos minero-energéticos de combustibles fósiles; el no licenciamiento ambiental de proyectos de exploración y explotación minera en páramos y/o ecosistemas estratégicos para la regulación del ciclo hidrológico y de proyectos costa afuera, entre otros, que obstruyan la protección real del océano y los ecosistemas terrestres y acuáticos.
  2. Se hace un llamado a la acción urgente de todos los Estados de América Latina y el Caribe a desplegar sus mayores esfuerzos para cumplir con los exhortos que realizó la Asamblea de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente mediante Resolución 6/13 en el año 2024, especialmente, en lo relativo a integrar la gestión sostenible del agua y la protección, conservación, restauración y gestión sostenible de los ecosistemas acuáticos.
  3. Actualizar la normatividad ambiental y las políticas públicas para cumplir plena y oportunamente con las obligaciones derivadas del Convenio de Estocolmo.
  4. Que se inviertan los recursos financieros necesarios para aumentar el rango de saneamiento de aguas residuales domésticas e industriales para garantizar los derechos humanos al agua limpia y el saneamiento, así como los derechos de las fuentes hídricas y sus ecosistemas a la integridad ecológica y estar libres de contaminación.
  5. Impedir que las multinacionales que se instalen en nuestros países, reproduzcan el modelo extractivista, utilizando nuestras fuentes hídricas y ecosistemas como vertederos de sustancias prioritarias y prioritarias peligrosas.
  1. Waterkeeper® Alliance es un movimiento global que reúne a más de 300 organizaciones comunitarias Waterkeeper y sus afiliados en todo el mundo, y que centra la acción ciudadana en cuestiones que afectan a nuestras vías fluviales, desde la contaminación hasta el cambio climático. El movimiento Waterkeeper patrulla y protege casi seis millones de millas cuadradas de ríos, lagos y costas en América, Europa, Australia, Asia y África. Para obtener más información, visite waterkeeper.org.
  2. 166994.6441 kilómetros patrullados y/o monitoreados en 9 países de América Latina.

domingo, 29 de septiembre de 2024

Río Biobío declarado sujeto de derechos: un paso crucial hacia la protección ambiental


FuenteEl Ciudadano
La Declaración de los Derechos del Río Biobío marca el inicio de una campaña integral para la conservación y restauración del cuerpo de agua, con el objetivo de proteger sus elementos vitales y asegurar su sostenibilidad para las futuras generaciones.

El pasado martes 24 de septiembre, se realizó el lanzamiento oficial de la Declaración de los Derechos del Río Biobío, una herramienta legal que establece principios base para su protección y preservación frente a amenazas ambientales.
En la ceremonia que tuvo lugar en la Biblioteca Municipal de Concepción se presentaron los 12 derechos intrínsecos y permanentes que se incluyen en la Declaración, entre los que figuran:

a. El derecho a existir.
b. El derecho a un caudal superficial y subterráneo suficiente para mantener la salud de los ecosistemas de todo el sistema fluvial.
c. El derecho al flujo libre y a la conectividad de cordillera a mar para la mantención de un régimen hidrológico sostenible.
d. El derecho a la mantención de la integridad de su estructura, la capacidad para cumplir funciones esenciales, ciclos vitales y procesos evolutivos.
e. El derecho a alimentar y ser alimentado por sus afluentes de manera sostenible.
f. El derecho a su ubicación ecológicamente determinada en el paisaje.
g. El derecho a la biodiversidad nativa, libre de especies invasoras.
h. El derecho a condiciones climáticas ecológicamente sostenibles.
i. El derecho a estar libre de toda contaminación y degradación.
j. El derecho a la regeneración y restauración.
k. El derecho a la representación y a la legitimación jurídica para actuar ante los tribunales de justicia en el ejercicio de sus propios derechos e intereses jurídicos.
l. El derecho a ejercer el vinculo regular y permanente con las comunidades ribereñas, lo que incluye un libre acceso al río por parte de ellas.

Cabe destacar que esta Declaración se logró presentar, tras un exhaustivo proceso de estudio y consulta pública, en el que participaron comunidades ribereñas del Biobío, científicos y organizaciones locales e internacionales, con la finalidad de visibilizar la problemática y daños a los que se ha enfrentado este cuerpo de agua en toda su cuenca, como consecuencia de la construcción de embalses para centrales hidroeléctricas, la extracción de agua para riego y urbanización, el desarrollo de obras de infraestructura, contaminación de sus aguas y la extracción de áridos, entre otros.

El documento fue elaborado a través de un proceso participativo e inclusivo que involucró a diversas entidades y actores sociales, considerando a científicos, expertos en medio ambiente, representantes de comunidades locales, organizaciones no gubernamentales y académicos.

El proceso incluyó múltiples etapas de consultas, talleres y reuniones, en los que se recogieron diversas perspectivas y conocimientos locales. Este enfoque colaborativo buscó garantizar que la declaración no solo fuera un documento técnico, sino también una manifestación de las aspiraciones y necesidades de las comunidades que dependen del Río Biobío.

Este proyecto surge en el contexto del festival “Somos Cuenca”, realizado en el mes de noviembre del año 2023 en las localidades de Concepción y Talcahuano. Se desarrollaron una serie de talleres en Chiguayante, Concepción y Alto Biobío, generando un diálogo participativo entre los asistentes, quienes visibilizaron las problemáticas y amenazas socio-ambientales del Río Biobío y las comunidades a lo largo de toda la extensión de la cuenca. Dando testimonio, asimismo, de la importancia del vínculo existente entre la comunidad y el río.

Recientemente, el texto de la Declaración fue abierto a consulta pública entre el 20 y 29 de febrero de 2024, con el propósito de recibir comentarios y sugerencias respecto a su contenido.

¿Por qué el Río Biobío necesita una Declaración de Derechos?


La Declaración de los Derechos del Río Biobío, se produce en el contexto en el cual el actual marco legal de nuestro país ignora el valor intrínseco de las entidades naturales y no enfatiza el desarrollo sostenible en armonía con la naturaleza.

Por tal razón, esta Declaración es considerada un mecanismo de visibilización e incidencia a largo plazo para la defensa y protección de este cuerpo de agua, facilitando e impulsando la participación de diversos actores locales.

Tal y como destaca la presentación de la Declaración, el Río Biobío es el segundo río más largo de Chile y uno de los ecosistemas más significativos del país. Su cuenca constituye un ecosistema fluvial complejo, con un excepcional mosaico de hábitats y alta abundancia biológica sustentado en las características ambientales y geográficas únicas de esta zona.

Su vasta extensión y diversidad ecosistémica lo transforma en una reserva crucial de agua dulce y fuente de nutrientes para los múltiples ecosistemas terrestres con los cuales interactúa.

Además, el Río Biobío es parte de un importante corredor biológico en la región, y en tal calidad, actúa como una conexión geográfica vital, vinculando áreas desde la cordillera hasta el mar, facilitando la movilidad de la fauna y la funcionalidad del ecosistema, contribuyendo a la preservación de especies acuáticas y terrestres, endémicas de nuestro país y que se encuentran en peligro de extinción, como el “bagrecito” (Trichomycterus chiltoni) y la “Carmelita de Concepción” (Percilia Irwini).

La directora de la ONG Defensa Ambiental, Nohad Escares, explicó que este hito marca el inicio de una campaña integral para la conservación y restauración del río Biobío, con el objetivo de proteger sus elementos vitales y asegurar su sostenibilidad para las futuras generaciones.

Señaló que la Declaración incluye un anexo llamado “Ruta de Implementación”, en el que se señala que es necesario, para la efectiva conservación del río, que sea nuevamente un espacio de encuentro donde se compartan los diferentes saberes y que estos mismos se difundan con la comunidad.

La directora de la ONG Defensa Ambiental indicó que el objetivo es incidir, junto a la comunidad, en políticas públicas fluviales, como la Estrategia del Recurso Hídrico o el Plan de Manejo del Santuario y Desembocadura del Río Biobío.

Por su parte, la directora del programa latinoamericano de la Red Internacional de Ríos, Monti Aguirre, señaló que esta declaración marca un giro histórico en la forma en que entendemos y protegemos este vital curso de agua.

"La Declaración proclama que el río, junto con sus afluentes y su cuenca, posee derechos inherentes que deben ser reconocidos y protegidos. No es simplemente un documento legal; es un compromiso moral para restaurar y salvaguardar el Río Biobío", planteó en su artículo "Reconociendo los Derechos del Río Biobío: Una Nueva Era para la Protección Ambiental".

Señaló que el documento es tajante en subrayar la necesidad urgente de un cambio de paradigma en la forma en que abordamos la protección ambiental, tanto en Chile como a nivel global.

"Los marcos legales actuales a menudo no logran abordar los complejos desafíos que enfrentan los ríos. La Declaración aboga por alejarse de los modelos de desarrollo que priorizan las ganancias económicas a corto plazo sobre la salud de los ecosistemas, y por adoptar un enfoque más holístico que reconozca el valor intrínseco de la naturaleza. Este cambio es necesario no solo para el Biobío, sino para los ríos de todo el mundo que enfrentan amenazas similares", apuntó.

Asimismo, catalogó la Declaración como un testimonio del poder de la comunidad: personas unidas por una visión compartida de un futuro mejor.

"Nos recuerda que proteger los ríos no se trata solo de preservar el agua y la vida silvestre, sino de honrar el profundo vínculo entre las personas y la naturaleza, asegurando que ese lazo perdure", indicó.

Por tal motivo, advirtió que el trabajo está lejos de terminar.

"La Declaración marca el inicio de una campaña a largo plazo para la protección y restauración del Río Biobío. Es un llamado a la acción para que todos nos unamos en la defensa de los derechos de nuestros ríos, reconociendo su importancia no solo como recursos, sino como seres vivos que nos sostienen a todos", expuso Aguirre.

La toponimia del Biobío: el canto del fío-fío


Una de las teorías más difundidas sobre la toponimia del río Biobío señala que su nombre proviene de la onomatopeya del canto de un ave nativa: el Elaenia albiceps, comúnmente conocido como “fío-fío”. Este pequeño pájaro, que habita en bosques templados, matorrales y áreas cercanas a cursos de agua, emite un distintivo canto repetitivo y claro, que ha sido relacionado con el sonido “fío-fío”. Este sonido, visto como un simbolismo natural habría influido en la denominación del río, conectando el paisaje sonoro del Biobío con la biodiversidad que lo rodea, reforzando la íntima relación entre el entorno natural y las comunidades mapuche que han habitado sus riberas durante siglos.

El  fío-fío tiene una amplia distribución en América del Sur, migrando entre la Patagonia chilena y argentina hacia zonas más cálidas del continente, como Bolivia y Brasil, durante el invierno. En la región del Biobío y más al sur, es particularmente visible durante los meses de primavera y verano, donde su canto marca la presencia de un ecosistema vibrante.

Esta conexión entre el río y la fauna local subraya la importancia de su reciente reconocimiento como sujeto de derechos. Declarar al río Biobío como un ente con derechos legales no solo protege su caudal y ecosistemas, sino también las relaciones ancestrales que las comunidades indígenas, como el pueblo mapuche, han mantenido con su entorno. Este paso crucial hacia la protección ambiental busca garantizar que el río, y todo lo que simboliza, siga siendo un patrimonio vivo y sustentable para las generaciones futuras.

Fuente: El Ciudadano

martes, 10 de septiembre de 2024

Empresa demandó a ambientalista por $200 millones y luego retiró la causa: Acusan fin de intimidar


Por daño a la imagen, una inmobiliaria demandó a un defensor ambiental que se oponía a un loteo al lado del santuario Arcos de Calán. Pero sin presentar pruebas acreditarán el daño, los titulares retiraron la demanda. Abogados acusan que se usó la acción judicial para intimidar al activista.


En 2020, una empresa inmobiliaria compró un terreno al lado del humedal costero y hoy Santuario de la Naturaleza Arcos de Calán, para crear un condominio de 48 parcelas. Un defensor que se opuso al proyecto fue demandado por la empresa por $200 millones.

Luego de que la empresa retirara la demanda, tras la tramitación casi completa del juicio y sin haber presentado pruebas sobre los daños aludidos, el Juzgado de Garantías de Chanco condenó a la inmobiliaria a pagar los costos del proceso judicial.

“La conducta de Costa Calán de desistimiento, luego de la tramitación casi completa de un juicio de responsabilidad extracontractual da cuenta de la instrumentalización de la acción con el objetivo de amedrentar al defensor de derechos humanos ambientales, indica Tamara Navia, abogada de ONG FIMA, organización de derecho ambiental que representó al defensor.

La empresa inmobiliaria Costa Calán habría demandado al representante de la ONG Vigilante Costero por daño a la imagen y daño económico, luego de que el activista manifestara cuestionamientos al proyecto en medios de comunicación.

“Este desistimiento de la inmobiliaria da cuenta del uso instrumental de la acción judicial con el único fin de intimidar a un defensor ambiental y disuadir el ejercicio de su libertad de expresión y de defensa territorial”, comentan desde FIMA.

Esta práctica tiene un nombre en el mundo jurídico: Demanda Estratégica contra la Participación Pública (o SLAPP por sus siglas en inglés), y se trata de demandas que se disfrazan de litigios ordinarios, pero que en vez de tener como objetivo ganar, buscan restringir la discusión y debilitar el trabajo de quienes defienden un interés público.

Para el caso del defensor en cuestión, desde FIMA afirman que el proceso tuvo consecuencias en su salud mental y física, así como en su vida familiar y profesional, además de desalentar su labor como defensor ambiental.

Además, abogados y abogadas de la organización han identificado al menos otros cuatro casos donde grandes empresas demandan a defensores y defensoras ambientales que se manifestaron en contra de sus proyectos.

jueves, 5 de septiembre de 2024

Se inician trabajos en el marco de convenio entre ONG Vigilante Costero y Municipalidad de Pelluhue

@vigilantecosta
Los primeros días de septiembre comenzaron los trabajos de desmontaje, o desmantelamiento, de la infraestructura de energía renovable (paneles solares; hélices eólicas, etc.) obsoleta ubicada en Pelluhue y que, en algunos casos inclusive, pudiera ser un riesgo o peligro para transeúntes y/o comunidad en general. 

Este convenio de acuerdo, entre ONG Vigilante Costero y Municipalidad de Pelluhue, suma tambien la colaboración y apoyo de la empresa privada donde, en conjunto, se puede potenciar el objetivo y obtener eficientes resultados.


En ese contexto, junto con saludar y agradecer la confianza y apoyo de la Alcaldesa y municipio, tambien hacemos lo propio, con las empresas NACE I+D y One Group Latam que se interesan, les importa y se unen a este desafío.

A medida que trabajos vayan avanzando les seguiremos informando. 


 

miércoles, 4 de septiembre de 2024

SLAPP: Demanda estratégica contra la participación pública

 ¡Conversemos de SLAPP 💡!



🗓️El 28 de agosto, el Juzgado de Chanco acogió el desistimiento de la demanda de la Inmobiliaria Costa Calán contra Rodrigo de la O, un defensor ambiental que se opuso a un proyecto inmobiliario en las inmediaciones del actual Santuario de la Naturaleza Arcos de Calán.
🚨Esta demanda es un ejemplo de SLAPP (Demanda Estratégica contra la Participación Pública), una táctica utilizada para intimidar y silenciar a quienes defienden el medio ambiente y los derechos humanos.
➡️La resolución del Juzgado, que obliga a la empresa a cubrir los gastos del juicio, es un paso importante en la lucha contra estas prácticas abusivas.
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Notas Relacionadas:

sábado, 31 de agosto de 2024

A cuatro años de una demanda sin sentido: Inmobiliaria CostaCalan/DelaO


En 2020, fui demandado, como persona natural, por una empresa inmobiliaria, Costa Calan Spa, por hacer observaciones y cuestionamientos, a traves de los canales o medios de nuestra ONG, respecto de la parcelación o loteo contiguo al hoy Santuario de la Naturaleza Arcos de Calan.

Lo primero que se observó en su momento, es una delimitación ambigua respecto de predios privados y públicos (BBNN) en el sector de playas o límite con el bien fiscal, como tambien, aspectos relacionados con la proyección natural del Santuario de norte a sur y la ubicación del loteo en una zona roja o inundable.

De cualquier manera, y hasta el dia de hoy, nunca hubo una respuesta de cuál era el fin del proyecto, su envergadura final posible considerando que uso de suelo agrícola no cambia y la pertinencia, o no, de un estudio o evaluación objetivo mediante canales institucionales y/o gubernamentales. 
  
Ante todo, siempre se planteó como una problemática de nivel regional y/o nacional; un hecho puntual que evidencia que hay aspectos que se deben regular considerando capacidades de carga, límites, uso de suelo e impactos asociados ante expansiones urbanas, como ha sucedido en este caso, y que se advirtió en su momento. Hoy problemática la tienen los nuevos propietarios debido a que empresa inmobiliaria hizo su negocio, cerró o cambio giro y hoy desiste de demanda, al menos, asumiendo las costas relacionadas a demanda artificial en un juicio sin argumento ni base y que, en definitiva, solo pretendió obstruir nuestro trabajo.

Feliz de terminar con este proceso legal tedioso. Conforme tambien de que no estuvimos errados y que nuestra posición crítica si tuvo base y contraparte demandante no respondió y solo dilato un proceso que sabían perdido.

Muchas gracias a ONG Vigilante Costero y ONG FIMA por su apoyo constante y permanente. Y, a todos los que de una manera u otra colaboraron o quisieron ayudar. A veces la justicia es justa. 

Gracias, siempre.

Rodrigo de la O Guerrero
Director ONG Vigilante Costero
Waterkeeper Chile
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Notas Relacionadas: 

viernes, 30 de agosto de 2024

Juzgado de Chanco condena a Inmobiliaria Costa Calán al pago de costas en juicio contra defensor ambiental Rodrigo de la O

El Juzgado de Letras y Garantías de Chanco acogió este 28 de agosto el desistimiento de la demanda presentada por la Inmobiliaria Costa Calán contra Rodrigo de la O Guerrero en el 2020, condenando a la empresa a cubrir los gastos del juicio. Este caso es un ejemplo de lo que se conoce como SLAPP (Demandas Estratégicas contra la Participación Pública, por sus siglas en inglés), un mecanismo utilizado para silenciar y amedrentar a defensores ambientales y de derechos humanos.

La historia se remonta a hace 4 años, cuando la empresa adquirió un terreno en las inmediaciones del humedal costero, y hoy Santuario de la Naturaleza, Arcos de Calán para la creación de un condominio con 48 parcelas de media hectárea cada una. El proyecto levantó la oposición de la comunidad, entre ellos, del representante de la ONG Vigilante Costero, Rodrigo de la O, quien manifestó en medios públicos su preocupación por el impacto ambiental del proyecto emplazado en un lugar de gran biodiversidad y valor paisajístico. En concreto, se refirió a promover una regulación más rigurosa para proyectos de gran magnitud y de alto impacto ambiental, a través de una mejora en los instrumentos de gestión y planificación, así como fomentar la participación activa de la ciudadanía en dichos procesos. “Lo que uno busca es que se respete un poco la vocación natural de la zona, y también se involucre a la comunidad en este tipo de proyectos (…). Hemos trabajado mucho tiempo en la declaración de santuario y de repente nos sorprenden eventos de motos en la zona circundante, o ahora un proyecto inmobiliario, entonces básicamente es poder ver de qué manera estos proyectos se abren al debate y la zona se considera como lo que es, una zona de conservación y que permita una planificación más responsable (…)”, comentó en esa época.

Estas críticas no fueron bien recibidas por la inmobiliaria, quien demandó a de la O por más de $200 millones debido al presunto daño económico y a su imagen.

Durante el transcurso del juicio, que se inició en octubre de 2020, la demandante no presentó pruebas que acrediten los daños reclamados, y finalmente, dos días antes del cierre del período probatorio, decidió desistir de la demanda. Este desistimiento da cuenta del uso instrumental de la acción judicial con el único fin de intimidar a un defensor ambiental, como es Rodrigo de la O, y disuadir el ejercicio de su libertad de expresión y de defensa territorial.

“La conducta de Costa Calán de desistimiento, luego de la tramitación casi completa de un juicio de responsabilidad extracontractual da cuenta de la instrumentalización de la acción con el objetivo de amedrentar al defensor de derechos humanos ambientales”, indica Tamara Navia, abogada de ONG FIMA, organización que representó a Rodrigo de la O.

SLAPP

Las Demandas Estratégicas contra la Participación Pública, conocidas como SLAPPs por sus siglas en inglés (Strategic Lawsuits Against Public Participation), son demandas que se disfrazan de litigios ordinarios, pero que en vez de tener como objetivo ganar, realmente buscan restringir la discusión y debilitar el trabajo de quienes defienden un interés público. Una de las consecuencias que tienen este tipo de estrategias es el efecto paralizante en el ejercicio de la libertad de expresión, y en el caso concreto de Rodrigo de la O, perjuicios personales significativos, tanto en su salud física y mental, como en su vida familiar profesional, provocados por la millonaria demanda.

Otra de las consecuencias de estas acciones es que generan un ambiente que desalienta la participación ciudadana activa de quienes buscan defender los derechos humanos ambientales. Al igual que Rodrigo de la O, ven limitada su capacidad de defensa ambiental por miedo a posibles represalias.

“La resolución del Juzgado de Chanco, que condenó a la inmobiliaria al pago de costas, es un paso importante para desalentar este tipo de demandas abusivas, y destaca la necesidad urgente de regular y prevenir el uso de SLAPPs en el país, garantizando así el derecho a la participación pública y la protección del medio ambiente”, puntualiza la abogada.

jueves, 29 de agosto de 2024

Municipalidad de Pelluhue y ONG Vigilante Costero firman convenio de colaboración

@vigilantecosta
Desde hace un tiempo observamos, junto a colaboradores y amigos, la necesidad de hacer algo respecto de la infraestructura obsoleta que se encuentra en Pelluhue relacionada con paneles solares y aspas para la generación de energía eólica para luminarias en distintos sectores de la ciudad. Dicha infraestructura, lleva años en el lugar y, al carecer de mantención permanente, se ha deteriorado, no funciona adecuadamente y, en muchos casos incluso, puede ser riesgoso hacia la integridad de terceros.




Por ello, es gratificante poder hoy contar con la colaboración y apoyo de la Ilustre Municipalidad de Pelluhue, con quien firmamos un convenio de colaboración para poder comenzar el retiro, evaluar su estado actual y disposición final.
Agradecemos la posibilidad de poder generar alianza desde lo local con un fin que contribuya siempre a un mejor bienestar de la comunidad.
ONG Vigilante Costero / NACE I+D

lunes, 26 de agosto de 2024

Detectan riesgosos agroquímicos en dos ríos de la Región de Ñuble

PUBLICADO POR Diego Chacana on Agosto 23, 2024. ver fuente: La Discusión

Preocupantes resultados entregó un análisis hecho por expertos y académicos de la Universidad de del Bío-Bío a distintos cursos de agua de la Región del Maule y Ñuble.

El estudio se realizó en el marco del proyecto de investigación Fondecyt titulado “Agricultura y re-producción de desigualdades socioecológicas en contexto de crisis hídrica: Análisis sobre la expansión agroexportadora en el Valle Central de Chile”, que busca, entre otras cosas, identificar y analizar la presencia de agroquímicos en algunos ríos de esta parte del país.

En Ñuble fueron analizados los ríos Ñiquén y Changaral. En el primero se pudo constatar la presencia de cantidades altamente inusuales del herbicida diuron y el fungicida fosetyl-Al, que se usan en diferentes labores agrícolas. Mientras que en el Changaral se constató la presencia del fosetyl-Al.

El diuron está calificado como un potencial agente cancerígeno para el ser humano, mientras el fosetyl-Al puede afectar de manera considerable a los organismos acuáticos, con efectos duraderos.

Estos resultados generaron inquietud en el equipo investigador que realizó los análisis, puesto que estos elementos son usados y aplicados entre los meses de octubre y noviembre, pero fueron detectados en marzo y abril. Junto con ello, existe alerta por lo peligroso que pueden ser estos agentes para la vida humana.

Alexander Panez, académico de la UBB y experto que formó parte del estudio, indicó que esta investigación tuvo como objetivo “indagar cuáles son las permanencias de desigualdades, pero también la aparición de nuevas desigualdades socioecológicas vinculados a los cambios en la agricultura”.

Sostuvo que el foco se puso en Maule y Ñuble porque “han vivido transformaciones más intensas” en cuanto a los cambios en el rubro agrícola. Es entonces a partir de ese objetivo que se pudo constatar el uso que se le está dando a los agroquímicos, “lo que nos prendió las alarmas”, indicó Panez.

“En el camino nos topamos con sospechas de los habitantes de estas regiones respecto a que había un aumento en el uso de agroquímicos en los territorios que habitaban, e incluso en que había malas prácticas en el uso de esto”, precisó.

A raíz de eso “tomamos una decisión de hacer un análisis de calidad del agua para la detección de agroquímicos. Nos dimos cuenta que hay muy pocos estudios de este tipo en estas regiones y también de la ausencia de normas o lo ambiguo de estas, lo que nos parece gravísimo”.

Consecuencias

En dos de los tres ríos analizados se detectó diuron. Panez explicó que las muestras “las enviamos a un laboratorio especializado y apareció este herbicida, que en Estados Unidos o la Unión Europea está prohibido su uso”.

“Hay investigaciones de la última década que han sacado su potencial cancerígeno, de la afectación en las células, sobre todo en los procesos de gestación y el desarrollo del feto. Es por eso que por esas alarmas en EE. UU. y la UE está prohibido. También es persistente, se mantiene durante toda la cadena, porque este compuesto se encuentra en los meses primaverales”, resaltó Panez.

En cuanto al fungicida fosetyl-Al, el experto señaló que si bien, este no tiene una afectación contundente a la vida humana, “tiene impacto en los ecosistemas acuáticos”.

“Es por eso que este fungicida está prohibido, en el caso de agricultura orgánica, en la Unión Europea”, mencionó Panez.

Falta de normativas

Según detalló Panez, existe una ausencia de normas que regulen a los herbicidas y fungicidas dentro de la actividad agrícola chilena, teniendo en consideración que de las 75.000 toneladas anuales de plaguicidas usadas a nivel nacional, la mayoría se concentra en las regiones del Maule, Ñuble y O’Higgins.

“Existe un déficit institucional muy importante, porque del total de plaguicidas que están disponibles en Chile, un tercio de ellos están categorizados como de alta peligrosidad por el riesgo que genera a la salud y al medio ambiente en general”, comentó el académico.

Es por eso que se enviaron los informes a la Dirección General de Aguas, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, para que sea la entidad quien resuelva y establezca normas primarias y secundarias de calidad de agua que incluyan a los plaguicidas registrados en el país, indicando los valores máximos.

“Nos parece que la DGA puede establecer normativas, estableciendo las primarias y secundarias de agua. Necesitamos que el Estado chileno construya este tipo de normativas para incluir a los plaguicidas, especialmente a los de alta peligrosidad, en una que regule su utilización”, concluyó el experto.ina en 10

lunes, 19 de agosto de 2024

Can you help us in this fight for the health and recovery of an Environmental Warrior? @vigilantecosta @rodrigodelao

[WE THANK THE CAMPAIGN STARTED BY THE INTERNATIONAL WATERKEEPER ALLIANCE]

Join Rodrigo's Fight: A Water Warrior Needs Your Help! ESPAÑOL

Imagine a tireless warrior, a defender of nature who has dedicated his life to protecting the Maule and Itata rivers in the Maule Region, Chile. That's Rodrigo De La O Guerrero, honored by Waterkeeper Alliance with the Terry Backer Award in 2022.

For 16 years, Rodrigo has been the voice of the voiceless, confronting corporate giants and winning battles that seemed impossible. His bravery stopped a thermoelectric project that threatened his beloved land. Today, he stands strong against a real estate company that seeks to destroy the coast he loves so much.

But as he continues to fight for his waterways, he’s also fighting for his health, Rodrigo is battling a serious illness that diminishes his strength, but at the same time makes him braver. Our warrior doesn't give up!

At this crucial moment, Rodrigo needs the support of his Waterkeeper family and all those who value his tireless work. Our friend needs to focus on his recovery without worrying about financial issues.

That's why today we ask you to join us in this gesture of solidarity. Any contribution, no matter how small, will be of great help  in these difficult times. Your contribution will not only provide financial support to help cover costs associated with receiving medical care,  but also show him that he is not alone in this battle – that Waterkeepers not only support clean water, but we also support each other

If you can and wish to help, please consider making a donation to Rodrigo's PayPal de Rodrigo

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[CAMPAIGN INITIATED BY THE INTERNATIONAL WATERKEEPER ALLIANCE]