Buscar este blog

Mostrando entradas con la etiqueta Derechos Ambientales. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Derechos Ambientales. Mostrar todas las entradas

viernes, 29 de enero de 2021

Chile: Water, Human Rights and Natural Rights

@vigilantecosta - ESPAÑOL/SPANISH -

All human beings have rights, depending on the country or place, we have and demand rights: to health, education, housing, social and human rights that serve to have a better coexistence within our society. However, what allows the existence of our rights, their own ancestral rights are not recognized, even though, paradoxically, thanks to the existence of that natural platform is that our rights exist.

Therefore, it is logical to think that we need to protect this platform, the one that allows us the existence of our societies and our rights. That is why the human right to water, its access and sanitation is so relevant, as a key point for the regulation and protection of our nature so that it is, effectively, a subject (or subjects) of right (s) with legal protection, simply because it is a way of giving back to those who today have no rights whatsoever and are frankly unbalanced and defenseless. Today, except for honorable exceptions, it is only seen as an unlimited supplier of raw materials, commercial and economic usufruct. Something totally contrary if what is pursued or desired is the prevalence and natural balance for all lives. Including ours within an increasingly consensual range that intergenerational justice is also, in essence, a right.

Just as it has been mentioned that water must be considered as a right, in terms of its access, sanitation and recreation; Taking into account its priority for human consumption and food, it is also relevant to understand and consider that there are multiple ecosystems that participate with ours in multiple dimensions, forcing us to break with the paradigm that humanity or the human being is superior to others species; or that our social ecosystem is above other ecosystems, without understanding that, in reality, we are part of a single and large ecosystem that inhabits multiple ecosystems or dimensions. For this reason, the importance that we can give is so important that our ecosystem does not destroy other ecosystems and, on the contrary, they can value and protect them, considering conservation as a real investment mechanism; granting it a legal framework so that they exist, prevail, avoiding their degradation or deterioration. In this context, it is necessary today, urgently, to be able to offer nature its own rights of existence and prevalence over time, in a hostile scenario where not only the scope related to human societies must be considered, but also Current planetary and climatic aspects that must be analyzed and incorporated in the transcendental future decisions that imply great challenges for all. It's not even today or tomorrow anymore; it's yesterday

Nature has many duties to all lives or existence and few rights when it is intervened or disrespected. Aboriginal peoples teach us, through a unique worldview and communion with nature, our pachamama, that respect from which we have moved away or forgotten with a dangerous arrogance, permanently demanding rights for our societies, for human beings, but, forgetting about our own duties towards what allows us to exist or live, believing and thinking that only our rights are those that prevail or matter.

And our duties; our contribution. Our reflection; our legacy?

Facing a new constitution, there must be that base as an object. That natural or planetary platform in which nature by logic should not be destroyed, but respected both by the ecosystem services that it offers us through its natural duties, as well as through its natural right to be able to remain and coexist in harmony, giving us the certain possibility to continue living and exercising our own duties and rights on a planet, despite everything, resilient and beautiful.

Water, beginning and end, ends up being the key factor in the regulation, planning and adaptation of our rights in a new Political Constitution of the Republic of Chile that helps to revalue our country and its invaluable ecosystem wealth. An ecologically based constitution that allows us to look at our country in a more sustainable way over time. In an era in which we are running out of time.

jueves, 28 de enero de 2021

Chile: Agua, Derechos Humanos y Derechos Naturales


@vigilantecosta - ENGLISH/INGLES -

Todos los seres humanos tenemos derechos, dependiendo del país o lugar, tenemos y exigimos derechos: a la salud, la educación, la vivienda, derechos sociales y humanos qué sirven para tener una mejor convivencia dentro de nuestra sociedad. Sin embargo, aquello que permite la existencia de nuestros derechos, sus propios derechos ancestrales no se reconocen, aun cuando, paradójicamente, gracias a la existencia de esa plataforma natural es que nuestros derechos existen.

Por lo tanto, resulta lógico pensar que necesitamos proteger dicha plataforma, aquella que nos permite la existencia de nuestras sociedades y de nuestros derechos. Es por eso que el Derecho humano al agua, su acceso y saneamiento es tan relevante, como punto clave para la regulación y resguardo de nuestra naturaleza para que sea, efectivamente, un sujeto (o sujetos) de derecho (s) con protección legal, simplemente, porque es una manera de devolver la mano a quien hoy día no tiene derecho alguno y se encuentra en franco desequilibrio e indefensión. Hoy, salvo honrosas excepciones, solo se le observa como un elemento proveedor ilimitado de materias primas, de usufructo comercial y económico. Algo totalmente contrario si lo que se persigue o anhela es la prevalencia y equilibrio natural para todas las vidas. Incluida la nuestra dentro de un rango cada vez más consensuado de que la justicia intergeneracional tambien es, en esencia, un derecho. 

Asi como se ha mencionado que el agua debe ser considerada como un derecho, en cuanto a su acceso, saneamiento y esparcimiento; teniendo en cuenta su prioridad para el consumo humano y la alimentación, es también relevante entender y considerar que existen múltiples ecosistemas que participan con el nuestro en múltiples dimensiones, obligándonos a romper con el paradigma de que la humanidad o el ser humano es superior a otras especies; o que nuestro ecosistema social está por sobre otros ecosistemas, sin comprender que, en realidad, somos parte de un solo y gran ecosistema que habita junto a múltiples ecosistemas o dimensiones. Por ello, es tan relevante la importancia que podemos darle nosotros a que nuestro ecosistema no destruya otros ecosistemas y, al contrario, puedan ponerse en valor y protegerlos considerando la conservación como un real mecanismo de inversión; otorgándole un marco legal para que éstos existan, prevalezcan, evitando su degradación o deterioro. En ese contexto, se hace necesario hoy, con urgencia, poder ofrecer a la naturaleza sus propios derechos de existencia y de prevalencia en el tiempo, en un escenario hóstil en donde se deben considerar no solo los alcances relacionados con las sociedades humanas, sino que tambien aspectos planetarios y climaticos actuales que deben ser analizados e incoporados en las trascendentales decisiones futuras que implican  para todos grandes desafíos. Ya ni siquiera es hoy o mañana; es ayer.

La naturaleza posee muchos deberes para con todas las vidas o existencias y pocos derechos cuando es intervenida o irrespetada. Pueblos aborígenes nos enseñan, a través de una cosmovisión y comunión única con la naturaleza, nuestra pachamama, ese respeto del que nos hemos alejado u olvidado con una soberbia peligrosa, exigiendo, permanentemente, derechos para nuestras sociedades, para los seres humanos, pero, olvidándonos de nuestros propios deberes para con lo que nos permite existir o vivir, creyendo y pensando que solo nuestros derechos son los que priman o importan.

¿Y nuestros deberes; nuestro aporte. Nuestra reflexión; nuestro legado?

De cara a una nueva constitución debe existir esa base como objeto. Esa plataforma natural o planetaria en que la naturaleza por lógica no debe ser destruida, sino respetada tanto por los servicios ecosistémicos que nos brinda a través de sus deberes naturales, como así también, a través de su derecho natural de poder permanecer y coexistir en armonía, brindándonos la posibilidad cierta a nosotros de seguir viviendo y ejerciendo nuestros propios deberes y derechos en un planeta, a pesar de todo, resiliente y hermoso.

El agua, principio y fin, termina siendo el factor clave en la regulación, planificación y adecuación de nuestros derechos en una nueva Constitución Politica de la República de Chile que ayude a revalorar nuestro páis y su riqueza ecosistémica invaluable. Una constitución de base ecológica que nos permita mirar nuestro país de manera más sostenible en el tiempo. En una era en la que ya no nos va quedando tiempo.

martes, 26 de enero de 2021

La Declaración Universal de los Derechos de los Ríos

Fuente: Right of Rivers (org)

RECONOCIENDO que los ríos son esenciales para la vida toda porque sustentan una maravillosa diversidad de especies y ecosistemas, alimentan los humedales y otros hábitats acuáticos con abundante agua, suministran nutrientes que dan vida a los estuarios costeros y los océanos, transportan sedimentos a los deltas de los ríos repletos de vida, y desempeñan otras funciones ecológicas esenciales,

CONSCIENTES de que los ríos también desempeñan un papel vital en el funcionamiento del ciclo hidrológico de la Tierra, y que la viabilidad de los ríos para desempeñar este papel depende de numerosos factores, incluido el mantenimiento de las cuencas hidrográficas circundantes, las llanuras aluviales y los humedales,

RECONOCIENDO la dependencia absoluta de las personas de los ríos y los sistemas basados en el agua, que sustentan la vida humana al proporcionarnos agua limpia y abundante para beber y para el saneamiento, suelo fértil, fuentes de alimentos para millones de personas, recreación, usos culturales y nutrición del espíritu humano, como lo han hecho desde el comienzo de la civilización humana, 

CONSIDERANDO con preocupación que los seres humanos han causado una contaminación significativa de los ríos en todo el mundo, incluso con materia orgánica de aguas residuales y alcantarillado, desechos plásticos, patógenos y nutrientes de la agricultura y contaminantes de la industria, además de muchas otras formas y fuentes de contaminación, con la consiguiente disminución de la salud acuática y biodiversidad, así como extensos impactos negativos en la salud humana,

CONSIDERANDO con preocupación las desviaciones excesivas de vías fluviales y las extracciones de aguas subterráneas han reducido significativamente los caudales en los ríos de todo el mundo, y muchas vías fluviales se están secando por completo ahora, a pesar del consenso científico de que los caudales adecuados son fundamentales para la supervivencia de los ecosistemas fluviales y sirven como elemento vital de muchas aguas dulces y fluviales que dependen de los ríos y ecosistemas ribereños,

CONSIDERANDO con preocupación que los seres humanos han causado cambios físicos a gran escala en los ríos a través de represas y otras infraestructuras, lo que incluye la construcción de más de 57.000 grandes represas en todo el mundo que impactan dos tercios de todos los ríos, lo que resulta en hábitats, biodiversidad reducida, poblaciones de peces en peligro, cambio climático exacerbado y sedimentos y nutrientes retenidos que son fundamentales para la salud del ecosistema río abajo,

ENCONTRANDO que las leyes nacionales e internacionales relativas a las vías fluviales son enormemente inadecuadas para proteger la salud integral de los ríos y las cuencas hidrográficas por igual, y que estas leyes tampoco garantizan a las generaciones actuales y futuras de seres humanos y otras especies, así como a los ecosistemas, un suministro adecuado de agua limpia agua para satisfacer sus necesidades básicas,

CONSIDERANDO de que todas las personas, incluidas las comunidades indígenas y otras comunidades locales de todas las espiritualidades, han sostenido durante mucho tiempo, a través de sus tradiciones, religiones, costumbres y leyes, que la naturaleza (a menudo llamada "Madre Tierra") es una entidad portadora de derechos, y que los ríos en particular, son entidades sagradas que poseen sus propios derechos fundamentales,

CONSIDERANDO que la degradación y explotación de los ríos no es solo un problema ambiental, sino también una preocupación por los derechos de los pueblos indígenas y otras comunidades locales, ya que la destrucción de los ríos amenaza la existencia y el modo de vida de quienes dependen de los sistemas fluviales para su vida y bienestar,

RECONOCIENDO el creciente número de gobiernos en todo el mundo que buscan revertir la tendencia actual de degradación ambiental global reconociendo y haciendo cumplir los derechos inherentes de la naturaleza, incluso a través de una enmienda constitucional en Ecuador[1], dos leyes nacionales en el Estado Plurinacional de Bolivia[2] y Uganda[3] numerosas enmiendas constitucionales estatales en México[4] y decenas de ordenanzas sobre los derechos de la naturaleza en los Estados Unidos[5] y Brasil[6],

GUIADO/AS ADEMÁS por el creciente reconocimiento legal de los derechos inherentes de los ríos, incluso a través de un tratado de Nueva Zelanda que reconoce al río Whanganui (o "Te Awa Tupua") como "un todo indivisible y vivo" y "una persona jurídica", con tutores designados representar los intereses del River[7]; una decisión de la Corte Constitucional de Colombia que dictamina que la cuenca del río Atrato posee derechos de “protección, conservación, mantenimiento y restauración” y otros fallos judiciales en toda Colombia que establecen los derechos de los ríos y cuencas[8]; varias resoluciones aprobadas por los nativos americanos, incluida una resolución del Consejo General Nez Perce que reconoce los derechos del río Snake a existir, florecer, evolucionar, fluir, regenerarse y restaurarse[9], y una resolución de la tribu Yurok que reconoce los derechos del río Klamath para existir, florecer y evolucionar naturalmente libre de contaminantes y contaminación[10]; un fallo del Tribunal Superior de Bangladesh según el cual todos los ríos tienen derechos legales[11]; y una sentencia de la Corte Provincial de Ecuador que hace valer los derechos constitucionales del río Vilcabamba y pide su remediación y rehabilitación[12],

ENTENDIENDO que el reconocimiento de los Derechos de la Naturaleza, y en particular el reconocimiento de los Derechos de los Ríos contenidos en esta Declaración, propiciará la creación de un nuevo paradigma jurídico y social basado en la convivencia con la naturaleza y en el respeto tanto de los Derechos de la Naturaleza como de los Derechos Humanos, en particular con referencia a las necesidades urgentes de las comunidades indígenas y los ecosistemas que han protegido durante mucho tiempo.

1. Declara que TODOS LOS RÍOS TIENEN DERECHOS FUNDAMENTALES enunciados en esta Declaración, que surgen de su propia existencia en nuestro planeta compartido.

2. Declara además que todos los ríos son ENTIDADES VIVAS que poseen personalidad jurídica en un tribunal de justicia.

3. Establece que todos los ríos deberán poseer, como mínimo, los siguientes DERECHOS FUNDAMENTALES:

  • EL DERECHO A FLUIR[13],
  • EL DERECHO A DESEMPEÑAR FUNCIONES ESENCIALES DENTRO DE SU ECOSISTEMA[14],
  • EL DERECHO A ESTAR LIBRES DE CONTAMINACIÓN,
  • EL DERECHO A ALIMENTAR Y SER ALIMENTADO POR ACUÍFEROS SOSTENIBLES,
  • EL DERECHO A LA BIODIVERSIDAD NATIVA Y
  • DERECHO A LA REGENERACIÓN Y RESTAURACIÓN;

4. Establece además que estos derechos tienen por objeto no solo garantizar la salud de los ríos, sino también LA SALUD DE LAS VERTIENTES Y LAS CUENCAS de las que forman parte los ríos, así como la salud de todos los ecosistemas y seres naturales en ellos, todos los cuales poseen, como mínimo, los derechos fundamentales para existir, prosperar y evolucionar

5. Mantiene que para asegurar la plena implementación y aplicación de estos derechos, cada río tendrá derecho a la designación independiente de uno o más tutores legales que actúen específicamente EN NOMBRE DE LOS DERECHOS DEL RÍO y que puedan representar al río en cualquier procedimiento legal o ante cualquier organismo gubernamental facultado para afectarlo, con al menos un tutor legal REPRESENTANTE INDÍGENA de aquellos ríos de los que tradicionalmente dependen las comunidades indígenas

6. Determina que los MEJORES INTERESES del río según lo determinen sus tutores legales, serán evaluados y tomados en cuenta tanto por el gobierno como por entidades privadas en todas las acciones o decisiones que conciernen a dichos ríos

 7. Resuelve que todos los estados implementarán estos derechos en su totalidad dentro de un período de tiempo razonable, incluso desarrollando y actuando sobre UNA EVALUACIÓN INTEGRADA de la salud de las cuencas hidrográficas de acuerdo con los conocimientos científicos más recientes y en asociación con todas las partes interesadas

8. Insta encarecidamente a todos los gobiernos a garantizar mecanismos financieros rápidos y adecuados para hacer realidad estos DERECHOS FUNDAMENTALES SOBRE LOS RÍOS, incluido el derecho de todos los ríos a la restauración

9. Afirma que los gobiernos deben considerar el desmantelamiento de todas las represas y otras infraestructuras destructivas que carezcan de un propósito social y ecológico convincente. Los proyectos de desarrollo que afecten adversamente los sistemas fluviales solo ocurrirán cuando sea necesario para lograr un propósito social y ecológico convincente que no pueda cumplirse por otros medios razonables, y con el TOTAL CONSENTIMIENTO, LIBRE, PREVIO E INFORMADO DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS Y OTRAS COMUNIDADES AFECTADAS, incluidas las comunidades marginadas y con el uso de las mejores tecnologías disponibles para preservar la salud del ecosistema. A largo plazo, la sociedad deberá encontrar alternativas a las represas que permitan corredores de cuencas fluviales que fluyan libremente y progresar gradualmente hacia un mundo libre de represas de una manera que se respeten los derechos de las comunidades humanas y no humanas que se han adaptado al status quo.

NOTAS AL PIE DE PAGUINA

  1. República del Ecuador, Constitución de 2008, Arts. 10, 71, 72, 73 y 74. 
  2. Bolivia, Ley de los Derechos de la Madre Tierra, Ley 071 (2010); Bolivia, Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para el Vivir Bien, Ley 300 (2012).
  3. Uganda, Ley Ambiental Nacional (2019).
  4. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero (2016); Constitución Política de la Ciudad de México (2017); Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima (2019).
  5. Ver, por ejemplo, la Ordenanza No. 612 de 2006, Tamaqua Borough, Schuylkill County, Pennsylvania (2006); Ordenanza del Ayuntamiento de Santa Mónica que establece los derechos de sostenibilidad § 4.75.040 (b) (2013). 
  6. Ver, por ejemplo, Modificación de la Ley Orgánica 7/2018 de 16/05/2018, Ayuntamiento de São Paulo (2018); Modificación de la Ley Orgánica N ° 03, de 5 de enero de 2018, Ayuntamiento de Paudalho (2018).
  7. Proyecto de ley Te Awa Tupua (Acuerdo de reclamaciones del río Whanganui) (2017).
  8. Acción de tutela interpuesta por el Centro de Estudios para la Justicia Social “Tierra Digna” contra la Presidencia de la República y otros, República de Colombia, Corte Constitucional, Expediente T-5.016.242 (10 de noviembre de 2016). Ver también el Río de la Plata (2019, Juzgado Civil Municipal de La Plata); tres ríos del Tolima, entre ellos el Coello, Combeima y Cocora (2019, Tribunal Administrativo del Tolima); la Cuenca del Río Cauca (2019, Tribunal Superior de Medellín); Cuenca del Río Pance (2019, Juzgado Tercero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad de Cali); y el Río Otún (2019, Juzgado Cuarto de Ejecución Penal de Pereira).
  9. Consejo General de Nez Perce, SPGC20-02, Resolución que establece los derechos del río Snake (18 al 20 de junio de 2020).
  10. Consejo Tribal Yurok, Resolución por la que se establecen los derechos del río Klamath (9 de mayo de 2019). 
  11. Tribunal Superior de Bangladesh (2019) (establece el río Turag como ser vivo y persona jurídica, y luego extiende este estatus legal a todos los ríos).
  12. Audiencia Provincial de Loja, Sentencia No. 11121-2011-0010 (30 de marzo de 2011).
  13. Los caudales deben, como mínimo, seguir patrones de caudal naturales y ser suficientes en cantidad para mantener la salud del ecosistema de todo el sistema fluvial. 
  14. Estos incluyen el mantenimiento de la conectividad horizontal y longitudinal, las inundaciones, el movimiento y el depósito de sedimentos, la recarga de las aguas subterráneas, la provisión de un hábitat adecuado para la flora y la fauna nativas y otras funciones esenciales.

lunes, 23 de septiembre de 2019

El Premio Internacional de Derechos Humanos de Núremberg 2019 es otorgado a Rodrigo Mundaca de Chile. Discurso completo del dirigente de MODATIMA

El ingeniero agrónomo y dirigente de MODATIMA, Rodrigo Mundaca, recibió el Premio Internacional de Derechos Humanos de Nuremberg, en Alemania.
-
Discurso integral de Rodrigo Mundaca al recibir el premio. Al iniciar el discurso dedicó sus palabras a Berta Cáceres, Macarena Valdés y Alberto Curamil y dedicó el premio a los ciudadanos asesinados y detenidos en Chile.
-
LA LUCHA POR EL AGUA COMO BIEN COMÚN, Y SU ACCESO COMO UN DERECHO HUMANO, ES UN IMPERATIVO ÉTICO Y MORAL
-
Pueblo de Nuremberg, autoridades aquí presentes, jurado del premio internacional de Derechos Humanos, quiero en primer lugar expresarles mi agradecimiento personal, y también el de mi organización, el Movimiento de Defensa por el acceso al agua, la Tierra y la protección del Medio Ambiente, MODATIMA CHILE, por este impensada distinción, desde nuestra llegada a la ciudad, y ante las preguntas de la prensa, hemos declarado, con toda sinceridad, no buscar honores ni tampoco gloria alguna, no tenemos poses de héroes ni tampoco de mártires, simplemente somos parte de un pueblo que cansado de la impunidad en los ríos, cansado de las injusticias propias y derivadas de un modelo de despojo de los bienes naturales comunes, tomamos la decisión de ponernos de pié, tomamos la decisión de organizarnos y luchar probablemente por el bien natural más importante para la preservación de la vida, todas las vidas, el agua.
-
Eduardo Galeano, periodista y escritor Uruguayo, hace mucho tiempo, y metafóricamente, sostuvo “Cuando los Españoles llegaron a América lo hicieron acompañados de la Biblia, los indios tenían la Tierra, entonces los Españoles le dijeron a los Indios, cierren los ojos y recen, al abrir los ojos los indios tenían la Biblia y los Españoles tenían la Tierra”, esta metáfora, breve y brutal, nos habla de la historia de América Latina, de cómo nuestro continente ha sido una fuente inagotable de los mal llamados “Recursos Naturales”, los que por siglos han sido la fuente de riqueza de economías fuertes y vigorosas, fuente de riqueza de enormes Transnacionales que han lucrado con el agua , la tierra y depredado el medio ambiente. Claro, es necesario señalar que para cumplir con estos propósitos, han contado con la complicidad de Gobiernos dúctiles y serviles, puestos al servicio del “DESPOJO” de nuestras comunidades y Territorios.
-
Es la historia pasada y presente, esa historia que golpea nuestras memorias y conciencias, la historia que se repite una y mil veces, condenando a las mayorías sencillas de América Latina a una vida de carencias, a una vida donde no se garantizan los derechos sociales ni tampoco el acceso a los bienes naturales comunes.
-
Informes recientes, elaborados por distintas organizaciones, entre ellas por el relator especial de Naciones Unidas para las y los defensores de los derechos humanos ambientales, Michel Forst, sostienen que América Latina es la región más peligrosa del planeta para los hombres y mujeres que a título personal u organizado defienden el derecho al agua, la tierra, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, y la pregunta que corresponde es ¿porque? Y la respuesta es simple, en nuestro continente las bases de la desigualdad se encuentran asociadas a la apropiación de los bienes naturales. Si, el agua y la tierra hoy generan utilidades, plusvalía para sus tenedores.
-
Y los abusos de poder en América Latina, tienen una expresión común, uso de la fuerza pública para que las industrias extractivas se instalen en nuestros territorios, uso de la fuerza pública para facilitar el control territorial, infundir miedo y aplicar la fuerza cuando las comunidades se rebelan ante el despojo. Uso de la norma, porque es sujeto de criminalización aquel hombre o mujer que demanda hacer de la tierra y particularmente del agua un derecho humano. Uso del discurso desde el poder, para denigrar, estigmatizar, a todo aquel, hombre o mujer que demande terminar con este modelo de despojo, es el discurso que busca aislar a las y los defensores de los derechos humanos ambientales, para posteriormente con mano ajena acabar con sus vidas, destruir sus bases sociales de apoyo.
-
La Historia es un elemento imprescindible para analizar el presente y proyectar el futuro, en Chile, el modelo de despojo actual, fue instalado a sangre y fuego, cuando todas las libertades se encontraban clausuradas y perseguidas, es así como en la constitución política del año 1980 se señala en uno de sus artículos “Los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos”, si, es en la norma jurídica que rige los destinos individuales y colectivos de la Sociedad Criolla, donde se encuentra consagrada la propiedad privada del agua.
-
En Chile las fuentes de agua se encuentran privatizadas hace 39 años. El agua es un bien nacional, pero también un bien económico. La propiedad del agua se encuentra separada del dominio de la tierra, lo que dio origen al mercado del agua. Reconoce dos categorías de derechos de agua, derechos consuntivos, es decir que se consumen, concentrados básicamente en el sector agrícola, minero, industrial y sanitario, y derechos No consuntivos (que deben devolver el caudal al río), destinados a la generación de Hidroelectricidad, y cuyos dueños son la empresa Italiana Enel.
-
En materia de gestión de las aguas, es decir las empresas sanitarias, privatizadas desde al año 1998 en adelante, las mismas son de propiedad extranjera, la principal empresa Sanitaria, Aguas Andinas, responsable de suministrar agua a la capital de Chile, Santiago, es de propiedad del grupo Aguas de Barcelona y su controlador es el grupo Suez. Esval, la segunda sanitaria más importante del país, es de propiedad de los profesores de Ontario Canadá, los que en términos globales controlan aproximadamente el 40% del mercado global de suministro de agua potable.
-
De las 10 ciudades de América Latina, con las tarifas de agua potable más caras, 7 son Chilenas.
-
En Chile las batallas por agua enfrentan a las comunidades de Norte a Sur, de Cordillera a Mar, y tienen distintas expresiones, y sin ánimo de ufanarnos, desde donde vengo, es decir de la provincia de Petorca, Región de Valparaíso, es donde se libra una de las batallas más emblemáticas, una batalla que muchos de ustedes han conocido asociada a la producción de aguacates u avocados.
En nuestro territorio el 90% de la superficie cultivada se encuentra destinada a la producción de avocados, un frutal de origen tropical que demanda enormes cantidades de agua. El modelo de producción agrícola se caracteriza por el uso intensivo e irracional del agua y la tierra, políticos y empresarios fuertemente conectados a los centros neurálgicos del poder, producen en enormes extensiones de suelos sin aptitud de cultivo, es decir en suelos de cerro, transformando a los ríos en páramos secos e inhóspitos. Extraen agua a cientos de metros de profundidad, han cometido una serie de prácticas impropias para apropiarse de las aguas. Destinan sus producciones hacia los mercados de exportación, y se congratulan por ser parte de Chile potencia agroalimentaria.
-
En Chile Robar agua es una falta administrativa, y no un delito ambiental.
-
En tanto miles de personas dependen de los camiones aljibes, hoy se reparten en promedio 50 litros de agua por persona, lo que está muy por debajo de los requerimientos reales. Estimaciones recientes sostienen que se han muerto más de 10 mil cabezas de ganado por falta de agua, una generación completa de niñas y niños que han nacido en nuestros territorios, no conocen los ríos, y si todas y todos los que estamos aquí, evocamos nuestras vidas, todas se encuentran asociadas a un momento de jolgorio y diversión en torno a los ríos, y los mismos no sólo cumplen una función paisajista, sino más bien, de ellos depende el ciclo hidrológico de las aguas, de ellos depende el equilibrio de los ecosistemas, de ellos dependen las funciones vivas y no vivas del medio natural.
-
La privación de aguas ha destruido la identidad cultural campesina e hipotecado la soberanía alimentaria, la que descansa en los hombros precisamente de los campesinos. Lo que sucede en la provincia de Petorca no es un caso, no es una particularidad, o un punto negro en la loca geografía de nuestro país, hoy 3 millones de personas que viven en el mundo rural no acceden a agua potable, 8 de 10 recolectores de agua en el mundo rural son mujeres, 5 regiones han sido declaradas zonas de emergencia agrícola por sequía, de las 101 cuencas que existen en el territorio, el 80% se encuentran agotadas, pero se sigue privilegiando el modelo intensivo de producción agrícola que llena supermercados en Europa y hoy también en China.
-
Podemos esperar algo del actual gobierno? Podemos esperar algo del país cuyos administradores serán los anfitriones de la cumbre de cambio climático, conocida popularmente como la COP25?.
-
Nada podemos esperar cuando Piñera, el actual presidente es un furibundo partidario de la privatización y mercantilización de las aguas, cuando al interior de su gabinete tiene ministros que son dueños del agua, e intervienen en el debate público para dar certezas de que el modelo privado de aguas no se va a tocar.
-
El agua es un derecho humano esencial e irrenunciable, la base para el cumplimiento de todos los demás derechos, aspecto confirmado el 28 de Julio del año 2010, en el marco de la asamblea general de Naciones Unidas.
-
Concluyo señalando con toda sinceridad que recuperar el agua, para nuestras comunidades y territorios, requiere de un gran impulso, requiere de mantenernos vivos y unidos, pero también decirles, solas y solos no podemos, necesitamos de la solidaridad internacional, ustedes como comunidad pueden hacer muchas cosas, fuimos testigos de ello, cuando miles en esta ciudad, se movilizaron exigiendo justicia climática para todo el mundo, ¿y no parece de justicia hacer del agua un bien común y su acceso un derecho humano? Les parece justo que a miles de kilómetros de distancia haya gente, pueblo sencillo, que privado de agua deba esperar el camión aljibe? Es posible que no se conmuevan cuando ocurren estas injusticias en el planeta?
-
“MUCHA GENTE PEQUEÑA, EN LUGARES PEQUEÑOS, HACIENDO COSAS PEQUEÑAS PUEDEN CAMBIAR EL MUNDO”. EN TANTO NOSOTROS SEGUIREMOS ADELANTE, “AUNQUE EL FRÍO QUEME, EL MIEDO MUERDA, EL SOL SE ESCONDA Y SE CALLE EL VIENTO, NO TE RINDAS, NO SE RINDAN…”
-
Rodrigo Mundaca (@rmunda)

En Nuremberg a 22 de Septiembre del año 2019.
---
Núremberg es una ciudad en el sur de Alemania. Tiene 540.000 habitantes y es famosa por su casco antiguo medieval, con su imponente castillo imperial y el mercado navideño anual, conocido como ’Christkindlesmarkt’.
-
Desde hace muchos años, y a nivel nacional e internacional, esta ciudad se ha dedicado a promover los derechos humanos y a apoyar a quienes los defienden. Núremberg es miembro de la Coalición Europea de Ciudades contra el Racismo y es signataria de la Carta Europea para la Salvaguarda de los Derechos Humanos en la Ciudad.
-
Adquirió una triste fama en los sombríos años entre 1933 y 1945. Durante la dictadura del nacionalsocialismo, Núremberg fue el lugar en que se celebraron los llamados ’Reichsparteitage’, entre otros. Estos congresos, con sus marchas y desfiles militares, fueron eventos propagandistas para exhibir su poder. También las Leyes de Núremberg, una base pseudolegal para implantar la ideología racista nazi de forma sistemática, fueron publicados aquí en 1935. Después de la Segunda Guerra Mundial, esta ciudad anteriormente obrera e industrial participó activamente en la persecución de los crímenes nazi a pesar de los cuantiosos estragos que había sufrido. Entre otras cosas, es aquí donde en 1945/46 se enjuiciaron a los principales criminales de la guerra. Hasta el día de hoy, la ciudad está marcada por su pasado y quiere enviar "en el presente y futuro, sólo señales de paz y entendimiento internacional".
-
Así, el artista Dani Karavan creó la Calle de los Derechos Humanos en Núremberg en 1993. Esta serie de pilares en el centro de la ciudad es el monumento que inspiró la concesión del Premio Internacional de Derechos Humanos de Núremberg.
-
En 1995, el primer Premio de Derechos Humanos de Núremberg fue otorgado a Serge Kovaljow y a su lucha contra la guerra de Chechenia. Actualmente, el jurado internacional se compone de 11 integrantes. Entre ellos figuran representantes destacados de la ONU, personalidades del mundo de las artes y la cultura así como políticos que se han comprometido con los derechos humanos. Desde entonces, el premio, dotado con 15.000 euros (= 11.800.000 CLP), se entrega bienalmente a individuos o grupos que han demostrado un compromiso ejemplar con la protección de los derechos humanos a pesar de un elevado riesgo personal. Los premios de los últimos seis años fueron:
-
2017: El grupo Casar reveló al público mundial la tortura sistemática y los genocidios en Siria.
-
2015: En Bangladesh, Amirul Haque Amin defiende los derechos de personas que trabajan en la industria textil.
-
2013: Kasha Jacequeline Nabagesera lucha contra la homofobia y por la libre determinación sexual en Uganda.
-
Al elegir a Rodrigo Mundaca como el ganador del premio de derechos humanos en el 2019, el jurado honra a un activista que lucha con destacable valentía por el derecho fundamental al agua. El jurado espera que este premio le brinde a Rodrigo Mundaca protección suficiente para poder continuar su trabajo con éxito.
-
Rodrigo Mundaca es secretario general de la organización MODATIMA (Movimiento de Defensa por el acceso al Agua, la Tierra y la Protección del Medioambiente), cuya misión es el libre acceso al agua en su región natal de Petorca. En Chile, un 90 por ciento de los derechos de agua han sido privatizados, por lo que las grandes corporaciones agrícolas pueden drenar el agua de los ríos para abastecer sus pozos privados y plantaciones,  primordialmente de aguacate y cítricos. Como consecuencia, surgen conflictos con campesinos y campesinas locales así como la población rural, la cual sufre gravemente a causa del robo de agua.Al galardonar al activista Rodrigo Mundaca, este año el jurado hace hincapié en la Resolución 64/292 de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 28 de julio de 2010, en la que se reconoce el acceso al agua limpia, derivada del derecho a la alimentación, como un derecho humano. Sin embargo, unas 2.100 millones de personas en todo el mundo carecen de acceso a agua potable de disponibilidad universal. Al ser un bien de vida crítico, muchos se ven obligados a abandonar su país. El jurado también quiere apelar a la conciencia de los consumidores y sensibilizarlos al consumo responsable. El público tiene derecho a conocer los efectos negativos de los cultivos que requieren de agua en abundancia, como el aguacate (Palta).

martes, 20 de agosto de 2019

Conversatorio sobre el Acuerdo Escazú se desarrolló en Derecho UdeC

Por Luis Barril - Fuente UdeC  
El Auditorio de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales UdeC fue el lugar donde se desarrolló el conversatorio "La urgente firma del Acuerdo de Escazú en Chile", el cual contó con la presencia de las profesoras Verónica Delgado y Jeanne Simon; Marisol Ortega Aravena, presidenta del Sindicato Independiente de Trabajadoras Pescadoras y Recolectoras de Algas y Actividades Conexas de la Caleta Lo Rojas; Rodrigo de la O, Director de la ONG Vigilante Costero Maule Itata; y Constance Nagelach, abogada negociadora de Chile para el Acuerdo de Escazú.
Verónica Delgado, profesora de Derecho Ambiental de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales UdeC, brindó detalles generales del evento: "Con la organización del Departamento de Derecho Económico, donde está la cátedra de Derecho Ambiental, más la ONG Fima y el Centro Crhiam, organizamos un conversatorio sobre el Acuerdo Escazú, que es un acuerdo para América Latina y el Caribe que sube los estándares en materia de información ambiental, participación ciudadana y acceso a la justicia. Chile, a pesar de haberlo patrocinado desde el año 2012, decidió no firmar este acuerdo. Desde que Chile oficializó que no firmará el acuerdo, han habido muchas actividades a lo largo del país, lideradas en parte por Fima para discutir y conversar acerca de la conveniencia o no de firmar".
Una de las invitadas principales, Constance Nagelach, consultora internacional en sustentabilidad y negociadora por Chile para el Acuerdo de Escazú, explicó que "este es un acuerdo que nace por iniciativa de Chile el año 2012, donde se propone a la región fortalecer los derechos de acceso a la información, participación y a la justicia. Esto considerando que la situación socioplanetaria y socioambiental no ha mejorado desde que se consagraran estos derechos de acceso, que fue en la Cumbre de la Tierra del año 1992".
La destacada profesional complementó señalando que "Chile propone a la región cómo avanzar, porque si bien habían avances en los países en términos legales y en términos reglamentarios, no eran suficientes; necesitábamos una nueva forma de gobernar nuestro medioambiente y los recursos naturales, y a lo que apostó Chile fue hacerlo a través de mayor democracia, por lo tanto, es fundamental que nosotros también podamos beneficiarnos de este enfoque de derechos que promueve el Acuerdo de Escazú, que lo fundamental de su objetivo no es contar con legislación, porque ya existe, sino es garantizar la implementación plena y efectiva de estos derechos a la democracia, que además son derechos humanos".
Nagelach finalizó expresando que "hay ciertas presiones, que uno lo ve con las críticas al multilateralismo. Lo que están tratando de hacer o han hecho grandes potencias, es que los países pequeños, como el caso de nosotros, no nos unamos, porque evidentemente la única manera de contrarrestar a estas potencias es mediante la unión. Cuando hablamos de Escazú, no solamente estamos hablando de información, participación y justicia ambiental, sino también estamos hablando de tener un gobierno abierto, que rinda cuentas, transparente, que las decisiones se tomen sin que exista una corrupción, de cómo se puede combatir la asimetría de poder que existe en Chile, que es parte de esta región que es la más desigual del mundo".
Finalmente, Rodrigo de la O, Director de la ONG Vigilante Costero Maule Itata, señaló que "personalmente me interesa mucho el tema, sobre todo en lo relacionado a DD.HH. y derechos del medioambiente; tiene mucha relación con activistas que se han visto agredidos, violentados o asesinados, siendo que Latinoamérica es la región donde se han desarrollado asesinatos no solo contra dirigentes medioambientales, sino que contra líderes locales, indígenas, vecinales, etc. Este Acuerdo es vital para que se apliquen políticas públicas para proteger a las personas que estamos defendiendo patrimonio que nos pertenece a todos. Hay que entender la incidencia local y la necesidad de organizarse desde las comunidades locales frente a personas u organizaciones que intervienen el territorio de mala manera, con externalidades muy negativas que las terminan absorbiendo y costeando los mismos residentes históricos, la gente que tiene otra visión local del territorio, de futuro; se construye esa necesidad de defenderse desde la localía, desde la propia visión, entendiendo que hay recursos invaluables que están en riesgo", sentenció.